La Corte Suprema confirmó las sentencias dictadas por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazaron, por la unanimidad de sus miembros, los recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago (Usach) y la Universidad de Chile (UCh) contra solicitudes de información efectuadas por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en el marco del Estudio de Mercado sobre la Educación Superior.
Asimismo, tuvo por desistida a la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) de la apelación presentada en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de protección formulado por esa casa de estudios.
A un año de la interposición de los recursos de protección, con estas decisiones la Corte Suprema pone término a la controversia y ratifica lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago, que en sus decisiones sostuvo que la FNE se apegó a las atribuciones que le confiere la ley al efectuar las solicitudes de información a las universidades y que, además, estos requerimientos no fueron desproporcionados ni afectaron sus garantías constitucionales o las de sus estudiantes.
El Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, valoró la decisión del máximo tribunal, destacando que “esta decisión de la Corte Suprema confirma que la FNE ha actuado conforme a las atribuciones que la ley le ha otorgado para requerir información de los agentes económicos para defender y promover la libre competencia en los mercados, las cuales no sólo aplican a investigaciones de ilícitos anticompetitivos, sino que también al desarrollo de estudios de mercado”.
Al rechazar los recursos de apelación formulados por la UCh y la Usach, y en base al desistimiento de la PUC, la decisión de la Corte Suprema también ratifica lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago al descartar las alegaciones de una supuesta falta de proporcionalidad en la información solicitada o una falta de justificación de los fines que se perseguían con la recopilación de los datos. Asimismo, reafirmó la manera en que la Corte de Apelaciones destacó el contenido de las resoluciones y oficios de la Fiscalía, los cuales daban cuenta de las razones que justifican la necesidad de efectuar un estudio sobre la educación superior.
Finalmente, con estos pronunciamientos la Corte Suprema confirma que no existe la vulneración de las garantías constitucionales hechas valer por las recurrentes, toda vez que los datos requeridos tenían por objeto tomar contacto con estudiantes y exestudiantes para invitarlos a participar voluntariamente del Estudio.
Estudio de Mercado
Durante el desarrollo de su Estudio de Mercado sobre la Educación Superior, la FNE ofició a 48 instituciones de educación superior de las más de 130 existentes en el país, solicitando información relativa a un número acotado de años.
De esas 48, un total de 45 respondieron en tiempo y forma, siendo las recurrentes las únicas que hasta la fecha no han cumplido con su obligación legal al haber interpuesto los recursos de protección que terminaron siendo desestimados por la Corte Suprema.
El Estudio de Mercado sobre la Educación Superior comenzó a realizarse en enero de 2024 y tiene como objetivo analizar la evolución competitiva de este sector, que comprende a universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.
El razonamiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmado por la principal Magistratura del país, destacó sobre las finalidades del Estudio de Mercado que éste “se concibe desde la perspectiva del resguardo de la libre competencia, identificándose preliminarmente potenciales límites a la competencia, que se describen pormenorizadamente, concernientes a cómo los estudiantes toman sus decisiones respecto a qué carrera y en qué institución estudiar y cuál es la realidad laboral de los estudiantes luego de su egreso”.
El Estudio de la FNE busca determinar si tanto la oferta como la demanda educativa operan correctamente desde una perspectiva de libre competencia, para, en el caso de identificar fallas, formular propuestas de mejoras legales y regulatorias al Poder Ejecutivo o recomendaciones a los agentes económicos.
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Sentencia de la Corte Suprema.
Sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.
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