El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó hoy dos acuerdos extrajudiciales suscritos por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y dos empresas en el marco de una investigación relativa a la eventual existencia de la infracción consistente en la entrega de información falsa al notificar una operación de concentración.
Se trata de CJ Cheiljedang Corporation (CJ) y Bunge Alimentos S.A. (Bunge), firmas que en agosto de 2024 recibieron por parte de la FNE la aprobación en Fase 2 para perfeccionar la operación de concentración consistente en la adquisición de control exclusivo de CJ Latam Participações Ltda. y CJ Selecta S.A. por parte de Bunge, con incidencia en el mercado de comercialización de concentrado de proteína de soya en Chile.
La investigación fue iniciada de oficio por la División de Fiscalización de la FNE en diciembre de 2024 a partir de antecedentes recabados en el marco del análisis de la referida operación de concentración.
En la audiencia pública realizada el lunes 12, el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, afirmó que estos acuerdos extrajudiciales permiten proteger la eficacia del control de operaciones de concentración desde su origen. En este sentido, señaló que las particulares características del sistema de operaciones de concentración y la relevancia de la decisión de la Fiscalía “conllevan a que, en definitiva, sea imprescindible que exista un deber de las partes, tal como lo establece la ley, de entregarle a la Fiscalía información fidedigna, completa y oportuna en las notificaciones”.
En los acuerdos extrajudiciales se establece un pago a beneficio fiscal de US$ 1,2 millón en total, asumidos en partes iguales entre CJ y Bunge. Además, esta última deberá realizar una capacitación en materia de libre competencia de acuerdo con la legislación chilena, que contemple la prevención de infracciones al artículo 3° bis letra e) del DL 211 que sanciona la entrega de información falsa al notificar una operación de concentración.
El TDLC señaló en sus resoluciones que aprobaron los acuerdos que las obligaciones asumidas por CJ y Bunge son pertinentes y suficientes respecto de los hechos constatados por la FNE y reconocidos por las empresas en los acuerdos extrajudiciales, sin que se observen antecedentes que den cuenta que estos acuerdos pudieran generar algún riesgo para la competencia.
El Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, valoró la decisión del TDLC, destacando que “la FNE continuará resguardando el cumplimiento de la normativa que rige el control de operaciones de concentración, para que mantenga la esencia transparente, colaborativa y eficiente que ha construido desde que comenzó a operar en junio de 2017”.
El Fiscal agregó que “estos acuerdos extrajudiciales permiten asegurar la eficacia del control de operaciones de concentración y reafirman la aplicación del artículo 3° bis letra e) del DL 211 bajo el sentido y alcance que le han dado el TDLC y la Corte Suprema en casos previos”.
La FNE ha velado de forma proactiva por el cumplimiento de este deber que le asiste a quienes notifiquen una operación de concentración. Además de los acuerdos extrajudiciales aprobados por el TDLC, anteriormente presentó requerimientos en contra de TWDC Enterprises 18 Corp., sociedad perteneciente al Grupo Disney (2020), y de Cadena Comercial Andina SpA, perteneciente al Grupo Oxxo (2022).
El primero de dichos requerimientos fue acogido por el TDLC en 2024, siendo la respectiva sentencia confirmada por la Corte Suprema en 2025. Mientras que el segundo requerimiento fue acogido por el TDLC en noviembre de 2025, encontrándose a la fecha pendiente ante la Corte Suprema.