MENÚ Botón Menú

¿qué estás buscando?

Logo FNE
MENÚ icono

FNE solicita al TDLC iniciar procedimiento para modificar las Instrucciones de Carácter General N°6, que deberán ser consideradas respecto de las condiciones de competencia en las bases de licitación para la contratación de obra pública municipal

14 / 07 / 2026

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) modificar las Instrucciones de Carácter General (ICG) N°6, que deberán ser consideradas respecto de las condiciones de competencia en las bases de licitación para la contratación de obra pública municipal, en aspectos relacionados con garantías, plazos mínimos y mecanismo de licitación.

La solicitud tiene por fin armonizar las Instrucciones con la Normativa de Compras Públicas (Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda), con el fin de otorgar a los agentes económicos certeza jurídica, previsibilidad y eficiencia.

En agosto de 2025 la FNE inició una investigación para analizar la necesidad de solicitar al TDLC la modificación de las ICG N°6, en virtud de consultas recibidas respecto de su aplicación.

La FNE concluyó que, en ciertos casos, la coexistencia de estas Instrucciones de Carácter General con la Normativa de Compras Públicas puede generar situaciones de duplicidad regulatoria que dificultan su aplicación, incrementando los costos de cumplimiento para los sujetos obligados y los costos de fiscalización para las autoridades competentes.

Las ICG N°6 son de carácter obligatorio para las Municipalidades, Corporaciones Municipales, Gobiernos Regionales, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y toda otra entidad que intervenga de forma directa o indirecta en la aprobación y/o diseño de las bases de licitación de los proyectos de ejecución de obra pública municipal.

Finalmente, de acuerdo con lo solicitado por la FNE, el TDLC decretó la suspensión de los efectos de las instrucciones N° 3, 5 y 7 de las ICG N°6 hasta la resolución de la solicitud presentada.