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Corte Suprema revoca sentencias del TDLC y rechaza requerimientos de la FNE por interlocking

02 / 03 / 2026

La Corte Suprema revocó las sentencias dictadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en abril y en junio de 2025 en los requerimientos por interlocking presentados por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en diciembre de 2021 contra Consorcio, Larraín Vial y Juan Hurtado Vicuña, por una parte, y contra Banco de Chile y Consorcio, por otra.

En el primer caso, el TDLC condenó a Juan Hurtado, Consorcio y Larrain Vial por haber participado el primero simultáneamente como director en dichas empresas, ejerciendo el cargo en sociedades matrices que fueron consideradas competidoras por ejercer una influencia decisiva en sus filiales operativas. En el segundo requerimiento, el TDLC sancionó al Banco de Chile y a Consorcio por la participación simultánea de Hernán Büchi en sus directorios, quien también era parte de la mesa directiva de Falabella, las que fueron consideradas competidoras en distintos mercados. En el curso del procedimiento, Hernán Büchi y Falabella suscribieron acuerdos conciliatorios con la FNE que fueron aprobados por el TDLC, poniendo término al juicio en su contra.

En sus sentencias dictadas hoy, el máximo tribunal desestimó las acusaciones y el sentido y alcance de la infracción que había sido establecido por el TDLC, argumentando que la sanción sólo podría recaer sobre la persona natural que ocupa el cargo de director o ejecutivo relevante, y que, para los efectos de esta infracción, las sociedades matrices en las que ejercían sus funciones Juan Hurtado y Hernán Büchi no poseen el carácter de empresas competidoras.

En su decisión, la Corte indica que la circunstancia de que los hechos atribuidos no queden comprendidos en el tipo infraccional imputado no significa que tales sucesos sean atípicos, dado que, eventualmente, pudieran ser susceptibles de sanción de acuerdo con el artículo 3° inciso primero del DL 211 en la medida que produzcan los efectos de lesión o de peligro para la libre competencia en el mercado relevante de que se trate.

Ver Sentencias de la Corte Suprema.

Ver Sentencia N°202/2025 del TDLC.
Ver Requerimiento de la FNE contra Juan Hurtado, Consorcio y Larrain Vial.

Ver Sentencia N°203/2025 del TDLC.
Ver Requerimiento contra Hernán Büchi, Banco de Chile, Consorcio y Falabella.