El Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, participó ayer en el encuentro Diálogo CeCo, organizado por el CentroCompetencia de la Universidad Adolfo Ibáñez, que tuvo por título “Fiscalización de medidas y remedios en libre competencia”.
En la ocasión, el Fiscal comentó la investigación “Desafíos de la libre competencia en la fiscalización de remedios: reflexiones en base a la formación de la División de Fiscalización de Cumplimiento de la FNE”, elaborada por el ex Jefe de la División de Fiscalización de la FNE, Manfred Zink.
En su exposición, el Fiscal destacó que la investigación constituye un aporte porque entrega un testimonio sobre la creación de la División de Fiscalización de la FNE y pone de relieve la naturaleza propiamente regulatoria del derecho de la libre competencia y de las medidas generadas a través de las distintas potestades de decisión asociadas al sistema institucional chileno.
En el mismo sentido, mencionó que el texto destaca las conductas que son parte del quehacer diario mínimo de la División de Fiscalización y que levanta algunos puntos interesantes sobre la estructura institucional del sistema y del rol que le cabe a la FNE a la hora de obtener eficacia y eficiencia en la fiscalización.
El Fiscal señaló que los remedios adoptados en el marco del análisis de una operación de concentración o de un acuerdo extrajudicial constituyen «regulaciones ad-hoc» surgidas de las potestades de que posee la FNE.
“Son regulaciones hechas a la medida, especializadas, emanadas de análisis económicos con altos grados de profundidad y, lo más importante, que permiten como dice nuestra Corte Suprema «neutralizar posiciones de poder de mercado» y que opere la libre competencia en los mercados», sostuvo.
Respecto al trabajo que realiza la División de Fiscalización, creada durante la administración del ex Fiscal Nacional Económico Ricardo Riesco, Grunberg señaló que ha sido muy eficaz en el cumplimiento de su labor, destacando que, además de velar por el cumplimiento de medidas emanadas de sentencias y resoluciones del TDLC, de acuerdos extrajudiciales suscritos por la FNE y aprobados por el TDLC y de resoluciones que aprueban operaciones de concentración, se encarga de supervisar el cumplimiento de la prohibición de interlocking horizontal, del cumplimiento del deber de notificar participaciones minoritarias en competidores y de la entrega de información falsa al notificar una operación de concentración.