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FNE recomienda permitir la exportación de baterías fuera de uso y dictar una nueva regulación

29 / 12 / 2016

Tras analizar el actual funcionamiento del mercado de reciclaje de baterías de plomo fuera de uso, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) recomendó a la Presidenta de la República, a través del Ministerio de Salud y el Ministerio del Medio Ambiente, derogar el Decreto N° 2, de 2010, del Ministerio de Salud, que prohíbe los movimientos transfronterizos de baterías fuera de uso y, conjuntamente con ello, dictar una nueva regulación de esta materia, la cual debe velar especialmente por el respeto de los convenios internacionales vigentes (como el Convenio de Basilea).

Lo anterior, porque en el mercado analizado existe un monopsonio, al ser Recimat la única empresa que desde 2014 cuenta con las instalaciones y autorizaciones necesarias para realizar la fundición del plomo en Chile. A esto se suma el hecho de que no se visualiza el ingreso de nuevos competidores en un futuro cercano por la existencia de altísimas barreras a la entrada.

La Fiscalía estima que la adopción de esta recomendación generará efectos positivos en el mercado, ya que al haber más actores (compradores de baterías de países extranjeros, en que el precio que se paga por este residuo puede superar al que se paga en Chile), el funcionamiento del mercado será más competitivo y se generarán incentivos para que una mayor cantidad de baterías sean recicladas.

La investigación

La FNE elaboró esta recomendación tras desarrollar una investigación sobre el mercado a partir de la denuncia de un particular en que se exponían una serie de conductas anticompetitivas que habría realizado Recimat.

En el marco de la investigación se detectó que el funcionamiento del mercado es sub-óptimo, al no darse tratamiento a un número considerable de baterías fuera de uso, lo cual trae aparejados importantes peligros para la salud (externalidades negativas).

Si bien la Fiscalía no tuvo por acreditados ilícitos anticompetitivos, sí se estimó que la regulación vigente genera restricciones relevantes a la competencia y que no ha generado los efectos medioambientales y sanitarios que subyacen a su dictación.

Ver informe aquí.