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FNE requiere por colusión a empresas proveedoras de asfalto.

10 / 07 / 2014

En el acuerdo, revelado por Enex mediante el mecanismo de delación compensada, también participaron Asfaltos Chilenos, Química Latinoamericana y Dynal. La Fiscalía pidió al TDLC multas que suman US$ 10,6 millones por este cartel.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó este lunes ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) un requerimiento contra Enex, Asfaltos Chilenos (ACh), Química Latinoamericana (QLa) y Dynal Industrial S.A., acusándolas de haber acordado un mecanismo para asignarse la provisión de asfalto para la construcción, reposición y/o reparación de obras, rutas y faenas viales u obras privadas.

Estos acuerdos, que operaron durante 2011 y 2012 permitieron a las cuatro mayores proveedoras de asfalto del país realizar ventas a constructoras con un precio mayor que el que hubieran obtenido en un escenario competitivo. Las firmas afectadas con el funcionamiento del cartel fueron las constructoras Dragados, Besalco, Figueroa Vial, Tafca y Recondo, que durante el período estudiado, realizaban obras en distintas regiones del país.

La Fiscalía comenzó a investigar el tema luego de que en noviembre de 2012, Enex presentó una solicitud de delación compensada, informando sobre la existencia y forma de operar del acuerdo. Desde entonces, la firma aportó a la FNE antecedentes sobre la existencia y forma de operar de los acuerdos, con el objeto de optar al beneficio de exención de multa.

La FNE solicitó al Tribunal que exima a Enex de la aplicación de una multa, debido a que se acogió al programa de delación compensada. Para las otras tres empresas sí pidió sanciones monetarias: 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA, unos US$ 4,6 millones) para Ach e igual monto para QLa. Además, 1.500 UTA (US$ 1,38 millones) para Dynal, lo que totaliza alrededor de US$ 10,6 millones.

Llamadas y reuniones

Según la investigación realizada por la FNE, fue a través de altos ejecutivos que las empresas acusadas definieron la manera en que organizarían su participación en el mercado. Así, lo que comenzó con una llamada telefónica entre gerentes para acordar cómo participarían en un proceso de licitación de asfalto, se sistematizó tras reuniones que sostuvieron luego en dos hoteles, una pastelería y un restaurante de la Región Metropolitana, para elaborar un mecanismo más formal para operar en el futuro.

En estas citas por ejemplo, definieron la forma en que participarían en las licitaciones, de modo de asegurar el éxito de determinada compañía en el proceso, y acordaron actualizar una planilla que daba cuenta de cómo se organizaba el mercado entre 1998 y 1999. La nueva versión de este documento quedó registrada en un archivo digital que expone diversas licitaciones, contratos y clientes y que contenía también espacios en blanco para asignar las obras a las distintas compañías.

El mercado

Entre 2009 y 2012, las ventas totales de la industria del asfalto totalizaron $ 322.790 millones, siendo 2012 el año de mayor actividad de ese período. Este negocio presenta elevados índices de concentración, ningún sustituto y barreras a la entrada, lo que confiere poder de mercado a las cuatro firmas requeridas. Entre enero y octubre de 2013, considerando las ventas en volumen, Enex tenía 38%; QLa, 27%; ACh, 26%; y Dynal, 10% del mercado. Medido en ingresos de 2012, los porcentajes son de 40%, 26%, 23% y 11%, respectivamente.

Durante la investigación, la FNE detectó vínculos de propiedad conjunta entre las compañías. Por ejemplo, los controladores de QLa y Dynal tienen una participación conjunta de 48% en ACh y cada una de las requeridas posee 20% de la propiedad de un depósito asfáltico llamado Dasa, al que se destina la producción de Enap. En éste también está asociada la firma Probisa. En el mismo sentido, ACh y Enex son dueñas en partes iguales el terminal de almacenamiento Asfaltos Conosur, ubicado en Ventanas.

Delación compensada

Esta es la tercera ocasión en que la Fiscalía utiliza la delación compensada en un caso que tramita ante el TDLC. Esta figura fue introducida en 2009, cuando se realizó la última modificación al Decreto Ley 211. Hasta ahora, había sido utilizada en el requerimiento presentado a mediados de 2010 contra las empresas de compresores para refrigeradores Tecumseh Do Brasil y Whirlpool, que culminó con una sentencia condenatoria de la Corte Suprema por 5.000 UTA (alrededor de US$ 5 millones) para esta última y con la exención de la multa para Tecumseh, que aportó información durante la investigación.

También se utilizó delación compensada en el requerimiento presentado por la FNE en junio de 2011 contra las compañías de transporte interurbano Ruta Vía Curacaví, Pullman Bus y Atevil por acordar tarifas y frecuencias en la ruta Santiago – Curacaví. El TDLC sancionó a Pullman con 1.500 UTA (casi US$ 1,4 millón), a Ruta Vía Curacaví con 50 UTA (unos US$ 45 mil) y excluyó a Atevil de multas, por haber delatado el cartel.

Ver requerimiento aquí