MENÚ Botón Menú

¿qué estás buscando?

Logo FNE
MENÚ icono

Corte Suprema ordena disolver gremio que reúne a ginecólogos de Ñuble y confirma multas por colusión contra 25 especialistas.

07 / 01 / 2016

tribunales-justicia_115433La Corte Suprema confirmó hoy las multas por colusión impuestas en abril del año pasado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra 25 médicos ginecólogos de la provincia de Ñuble y su asociación gremial, quienes deberán pagar 89,7 UTA (Unidades Tributarias Anuales) en total, equivalentes a aproximadamente $ 48 millones.

En octubre de 2013, estos especialistas fueron acusados por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) de haber ejecutado y celebrado un acuerdo destinado a fijar el precio mínimo de sus consultas médicas y procedimientos quirúrgicos (principalmente partos y cesáreas) a los pacientes.

En su sentencia, la Corte Suprema señala que “los implicados cometieron una infracción de gravedad extrema, habida cuenta de su naturaleza, de sus repercusiones concretas en el mercado de prestación de atenciones sanitarias y de la dimensión del mercado geográfico afectado”.

El máximo tribunal agrega que “la fijación de  los precios afectó las reglas de la competencia permitiendo a los requeridos prever que infaliblemente obtendrían un beneficio económico, de lo que se sigue que el interés económico se sobrepuso a la dignidad humana y a la salud de las personas”.

La sentencia de la Corte, además, acoge la solicitud formulada por la FNE en cuanto a ordenar la disolución de la “Asociación Gremial de Ginecólogos Obstetras de la Provincia del Ñuble”, entidad que reúne a estos médicos.

Al respecto, el fallo establece que este gremio “intervino directamente y de manera principal en los actos contrarios a la libre competencia que se han tenido por demostrados en estos autos, a lo que se suma que en torno a ella se articuló el completo comportamiento colusorio reprochado”.

Esta es la segunda vez que la Corte Suprema ordena la disolución de una asociación gremial por un caso de colusión. La primera fue en el llamado Caso Pollos, donde el máximo tribunal sentenció, en octubre pasado, que la Asociación de Productores Avícolas (APA) debía disolverse por haber coordinado el funcionamiento del cartel de productores y le ordenó, además, pagar una multa a beneficio fiscal.

Esta medida se concretó el 29 de diciembre pasado, cuando se inscribió la disolución de la APA en el Registro de Asociaciones Gremiales del Ministerio de Economía.

Ver sentencia de Corte Suprema aquí

Ver sentencia de TDLC aquí