La Corte Suprema confirmó hoy la sentencia condenatoria que dictó el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) en junio del año pasado, ratificando la multa impuesta de 3.145 Unidades Tributarias Anuales (UTA, poco más de US$ 2,5 millones), por haber exigido pagar una cuota de incorporación desproporcionada y sin justificación legítima a los equipos de Segunda División del fútbol profesional chileno como requisito para ascender a Primera B.
El caso se originó por un requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica ante el TDLC en febrero del 2018, en el cual se acusó que la cuota de incorporación impuesta por la ANFP tuvo el efecto de limitar la capacidad competitiva y deportiva de los clubes que la pagaron y que este cobro ha operado como una barrera artificial para el ingreso al mercado o como un obstáculo para el desempeño competitivo en el caso de los clubes que lograron ingresar.
En su sentencia, la Corte Suprema resolvió que “el establecimiento, regulación y exigencia de la cuota de incorporación objeto del requerimiento, constituye una barrera de entrada al mercado relevante, diseñada exclusivamente por los incumbentes con una finalidad u objetivo exclusorio o anticompetitivo”, recogiendo los planteamientos centrales del fallo dictado por el TDLC, que acogió íntegramente la acusación de la Fiscalía.
Además, la Corte Suprema mantuvo la decisión del TDLC en orden a impedir el cobro a futuro a futuro de la cuota de incorporación de 24 mil UF, porque “ello implicaría validar la subsistencia de una conducta antijurídica y atentatoria a la libre competencia”.
El Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, señaló que “esta sentencia ratifica que el fútbol profesional chileno, cuyo único organizador es la ANFP, es una actividad económica y que no existen mercados que puedan eximirse de cumplir con las leyes de libre competencia”.
Agregó que la decisión de la Corte Suprema “confirma que la imposición de la cuota de incorporación por parte de la ANFP es una restricción desproporcionada e injustificada a la competencia y que ha producido un efecto exclusorio, disminuyendo la capacidad competitiva de los equipos que ascendieron a Primera B”.
El cobro que motivó la acusación de la FNE contra la ANFP fue instaurado el 2011 y aunque en su primera etapa era de UF 50 mil, luego fue reducido a UF 24 mil, monto que se mantuvo vigente hasta la dictación de la sentencia del TDLC. Según consignó la FNE en el juicio, los clubes Deportes Iberia, Barnechea y Deportes Valdivia se vieron seriamente afectados en su desempeño deportivo y económico por la exigencia de la cuota.
Ver Sentencia de la Corte Suprema.