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División de Estudios de Mercado

18 / 07 / 2024

a) Asesorar y prestar apoyo técnico a la labor tanto del Fiscal Nacional Económico, como de las demás Divisiones de la Fiscalía, mediante la entrega oportuna de minutas, informes y estudios, sobre aspectos legales y económicos de libre competencia.

b) Ejecutar estudios sobre evolución competitivos de los mercados que tengan prioridad en su análisis para el Servicio, según instrucciones del Fiscal Nacional Económico, y monitorear la ejecución de estudios a terceros ajenos a la Fiscalía Nacional Económica.

c) Informar al Fiscal Nacional Económico sobre el desarrollo, conclusiones, recomendaciones y propuestas de acción que surjan de los estudios y demás actividades de la División.

d) Liderar y llevar a cabo las acciones para la inserción internacional de la Fiscalía Nacional Económica, en el ámbito de los foros especializados, incluyendo la redacción de documentos de estudio para dichos foros.

e) Prestar apoyo a las Divisiones de la Fiscalía para fortalecer la cooperación en investigaciones por parte de autoridades extranjeras.

f) Responder, en forma oportuna y completa, a los requerimientos de información o trabajo que le realicen los funcionarios de otras divisiones, departamentos u oficinas, de manera cooperativa y eficiente.

g) El Jefe de la División de Estudios de Mercado tiene la facultad de firmar los oficios y resoluciones de mero trámite que deban emitirse en el curso de las investigaciones, tales como citaciones, copia de documentos y expedientes, reiteración de oficios, solicitud de antecedentes, sin apercibimiento, y otros de similar naturaleza, y en general todos aquellos que tengan por objeto dar curso progresivo a las investigaciones.

h) El Jefe de la División de Estudios de Mercado tiene la facultad de firmar las resoluciones exentas que dispongan la reserva o confidencialidad de piezas de los expedientes de la división de conformidad con lo establecido en el artículo 39 letra a) y 42 del DL N°211.

 

Resolución Exenta N° 615

Resolución Exenta N° 208