El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) e Inversiones Los Orientales Limitada para poner término al juicio iniciado en enero de este año contra dicha sociedad por haber incumplido su deber de notificar a la Fiscalía su participación en la propiedad de una empresa competidora.
El Tribunal tomó la decisión luego de una audiencia remota realizada hoy, en la cual fueron expuestas las bases de la conciliación propuestas por el TDLC a las partes.
Este caso se inició a comienzos de este año, cuando la FNE acusó ante el Tribunal la infracción al artículo 4° transitorio de la Ley N° 20.945, que estableció que las empresas que tuvieran una participación superior al 10% en la propiedad de un competidor y que superaran determinados umbrales de venta, debían informárselo a la FNE a más tardar el 26 de febrero de 2017, fecha en la que se cumplieron 180 días desde la entrada en vigencia de la nueva ley.
En la conciliación, Inversiones Los Orientales se comprometió a efectuar un pago a beneficio fiscal de 165 UTA (aproximadamente $ 100 millones) y a tomar medidas de publicidad del acuerdo. Esto, luego de haber reconocido, entre otros hechos, que Eroflex, firma en que posee más del 10% del capital, es competidora de su filial Plásticos Bio Bio y que no notificó esta participación cruzada dentro de plazo, estando obligada a ello.
De acuerdo a lo expuesto por Los Orientales, ambas empresas compiten en “en la fabricación y comercialización de envases flexibles de plásticos, en tanto ambas empresas ofrecen algunos productos o servicios que cumplen genéricamente con las mismas funciones y tienen características similares, y además tienen la posibilidad de competir a futuro en productos adicionales”.
Durante la investigación realizada, la FNE no advirtió la existencia de efectos para la competencia derivados de esta participación cruzada, por lo cual el acuerdo no contempló medidas adicionales, como la desinversión de la participación de Plásticos Bio Bio en Eroflex.
El Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, destacó que “este acuerdo cautela la libre competencia, porque no sólo sanciona pecuniariamente a la empresa que incumplió la ley, sino que también refleja los criterios que determinan la calidad de competidor para aquellas empresas que deben informar participaciones cruzadas a la Fiscalía Nacional Económica”.
Agregó que, de esta manera, “el pronunciamiento del TDLC, que es el primero respecto del artículo 4 bis del DL 211 sobre participaciones cruzadas en competidores, promueve la eficacia de la labor investigativa de la FNE y disminuye las asimetrías de información con los agentes económicos sometidos a su fiscalización”.