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FNE considera innecesaria recomendación normativa para eliminar o modificar el mecanismo de estabilización de precios para pequeños medios de generación eléctrica

09 / 07 / 2021

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) su informe en el marco de la consulta iniciada por cinco empresas de generación eléctrica para que el tribunal recomiende al Ministerio de Energía la derogación o modificación de las normas reglamentarias que establecen el mecanismo de estabilización de precios para pequeños medios de generación eléctrica.

En su informe, la Fiscalía descartó que este sistema traiga consigo efectos o riesgos relevantes de afectación a la dinámica competitiva del mercado, por lo cual señaló que no existe una real justificación de interés público para que el TDLC emita una recomendación normativa en la materia.

Agrega que recientemente los órganos sectoriales efectuaron un diagnóstico al respecto, sustituyendo el anterior D.S. N° 244/05 por el actual D.S. N° 88/2020, y que en dicho proceso se generaron instancias públicas y participativas para los agentes interesados y que se cumplió con las revisiones de juridicidad propias de la dictación de todo cuerpo reglamentario.

Así, el informe de la FNE concluye que no es necesario introducir nuevas modificaciones a ese mecanismo, debido también a que se aprecia una cierta correlación entre la utilización de éste por los pequeños medios de generación (PMG) y una mayor entrada de éstos al mercado, lo que indicaría que el sistema está cumpliendo los fines de política pública por los cuales fue establecido.

Solicitantes

El expediente de recomendación normativa fue solicitado por Hidromaule S.A., Energía Coyanco S.A., Duqueco SpA, Besalco Energía Renovable S.A. y Trans Antartic Energía S.A., compañías que expusieron ante el TDLC que el diseño reglamentario de dicha estructura afectaría la dinámica competitiva entre los generadores, favoreciendo a un grupo de ellos, que son los pequeños medios de generación, con un subsidio financiado por el resto de los generadores.

Las empresas también consideran que el mecanismo correspondería a la fijación de un precio no autorizada por la ley, que eleva los costos que los generadores que no participan de él, generando precios más altos a los consumidores finales de la energía.

El informe de la FNE está basado en los resultados obtenidos en la investigación Rol N° 2654-21 y descarta que la dinámica competitiva del mercado se vea afectada de la forma señalada por las empresas que acudieron al TDLC, ya que los montos que las generadoras de mayor tamaño (que no son PMG) han debido compensar son marginales dentro del universo de transacciones económicas de energía y potencia que configuran la operación del sistema eléctrico.

Además, el documento resalta que el sistema de estabilización opera de modo bidireccional, ya que, dependiendo del comportamiento de los precios spot y de las proyecciones que se calculan para obtener el precio estabilizado, los pequeños medios de generación adscritos al mecanismo pueden también quedar en la obligación de compensar al resto de las generadoras, lo que ha ocurrido en algunos meses desde el año pasado.

Agrega también que, dado el dinamismo del mercado, esta estructura no asegura mayores ingresos a las PMG que lo han adoptado.

El mecanismo que está revisando el TDLC está descrito en el artículo 149, inciso 5° de la Ley General de Servicios Eléctricos, e implementado por el Decreto Supremo N° 88/2020, que aprueba el reglamento para medios de generación de pequeña escala.

Ver Informe.