La Fiscalía Nacional Económica (FNE) decidió extender el plazo de análisis de la operación de concentración consistente en la adquisición del control sobre GrandVision NV por parte de EssilorLuxottica S.A.
La investigación comenzó el 14 de febrero de 2020, período en el cual las partes ofrecieron medidas de mitigación.
La FNE efectuó su análisis considerando dichas medidas, sin embargo, la evaluación de los riesgos preliminares de la operación concluyó que los remedios ofrecidos eran insuficientes y que resulta necesario efectuar un examen en profundidad de la operación y de sus efectos, lo que resulta procedente en una segunda fase de investigación.
EssilorLuxottica es un grupo francoitaliano presente en diversos eslabones de la cadena de valor de la industria óptica a nivel mundial, contando con una organización verticalmente integrada que, en Chile, se encuentra presente en el segmento retail, a través de GMO, Econópticas, Ópticas Place Vendôme, Sunglass Hut y Ray-Ban. También participan en la provisión de servicios de laboratorio, a través del laboratorio Megalux Chile S.A., y en la provisión mayorista de anteojos de sol, armazones de prescripción y otros insumos de la industria, por medio de Luxottica Chile SpA.
La entidad adquirida, GrandVision NV, forma parte del holding internacional del grupo Hal. En Chile se encuentra presente en el retail óptico a través de la marca Rotter & Krauss, y cuenta con tiendas de retail y con un laboratorio propio para el procesamiento y montaje de lentes ópticos, todo lo cual formaría parte de la operación.
Durante la primera fase de investigación, la FNE analizó las relaciones horizontales que se derivan de la operación notificada por las partes, teniendo en consideración la cercanía competitiva de Rotter & Krauss con GMO.
Adicionalmente, se evaluaron los posibles cambios de incentivos en las relaciones verticales en los segmentos donde se encontraría presente la entidad resultante de la operación, identificando riesgos preliminares de bloqueo tanto en la provisión de servicios de laboratorio como de provisión mayorista de anteojos de sol y armazones de prescripción.
Cabe señalar que las partes ofrecieron medidas de mitigación durante la Fase I de investigación, cuyo mérito para reestablecer la competencia fue evaluado por la FNE, determinando que no resultaban suficientemente comprensivas y claras para abordar la totalidad de los riesgos de la operación, según dispone la Guía de Remedios de la FNE.
Adicionalmente, frente a las aprensiones de la Fiscalía, las partes y la FNE acordaron suspender el plazo de investigación por quince días para evaluar otras alternativas.
En definitiva, de acuerdo al artículo 54 letra c) del Decreto Ley 211, la FNE resolvió extender el análisis de la operación hasta por un plazo de 90 días hábiles al estimar que, de perfeccionarse, incluso sujeta a las medidas ofrecidas, puede reducir sustancialmente la competencia.
Cualquier tercero que pudiera tener interés en la operación, incluyendo proveedores, competidores, clientes o consumidores, podrá aportar antecedentes a la investigación dentro de los 20 días hábiles siguientes a partir del 20 de mayo de 2020, fecha en la que se publicará en este sitio electrónico la resolución que extiende la Investigación.
Para tales efectos, se dispondrá de una versión pública del expediente, cuya entrega debe ser coordinada mediante correo electrónico enviado al abogado Carlos Garrido a la casilla cgarrido@fne.gob.cl, o bien llamando al (56 2) 2753 5612.