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FNE fija umbrales para consulta obligatoria de operaciones de concentración

26 / 11 / 2016

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) estableció, mediante la Resolución Exenta N° 667 del 24 de noviembre de 2016, los umbrales que determinarán la obligación de someter a notificación previa las operaciones de concentración que se realicen en el país.

El documento señala que deberán notificarse a la Fiscalía las operaciones de concentración en las cuales se verifiquen dos condiciones copulativas.

La primera de ellas es que la suma de las ventas en Chile de los agentes económicos que proyectan concentrarse haya alcanzado, durante el ejercicio anterior a aquel en que se verifique la notificación, montos iguales o superiores a un millón ochocientas mil unidades de fomento, y la segunda, es que, en Chile, por separado, al menos dos de los agentes económicos que proyectan concentrarse hayan generado ventas, durante el ejercicio anterior a aquel en que se verifique la notificación, por montos iguales o superiores a doscientos noventa mil unidades de fomento.

Para determinar estos valores, la FNE se basó en un informe elaborado por el economista Fernando Coloma Ríos, titulado “Fijación de Umbrales de Notificación de Operaciones de Concentración en Chile”, de noviembre de 2016, que sigue los lineamientos de la International Competition Network y de la OCDE en la materia.

Este documento presentó una propuesta de umbrales para el análisis de operaciones de concentración utilizando como punto de referencia los umbrales establecidos por otros países, siempre que cumpliesen con determinados requisitos.

Uno de ellos es que contemplasen reglas de notificación similares a la chilena y el otro, que hubiesen modificado su regla de notificación al menos en una ocasión. Para determinar el monto de los umbrales, el informe relaciona la regla existente en cada uno de estos países con su Producto Interno Bruto, lo que posteriormente permite llevar a cabo una proyección para Chile, considerando el tamaño de la economía local.

Igualmente, el informe recoge la experiencia previa de la FNE en la revisión de operaciones de concentración, evaluando la eficacia que hubiesen tenido los umbrales propuestos para discriminar entre operaciones potencialmente anticompetitivas y operaciones que no implican mayores riesgos a la competencia en los mercados.

Finalmente, reconociendo las dificultades existentes para la determinación de umbrales de notificación por primera vez, el informe propone dotar a los umbrales de una flexibilidad suficiente como para reajustarse en base a la experiencia concreta y futura de la FNE y en consideración a los cambios en las condiciones económicas del país.

Este informe fue sometido a comentarios de los economistas Claudio Agostini, profesor de la Universidad Adolfo Ibáñez; Ronald Fischer y Aldo González, ambos de la Universidad de Chile; y Juan Pablo Montero y Tomás Rau, ambos de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Todos ellos se manifestaron favorablemente a la metodología y a los umbrales propuestos en el informe.

La obligación de notificación a que se refiere el artículo 48° del DL 211, regirá a partir del primer día del sexto mes siguiente a la fecha en que se publique la Resolución Exenta N° 667 en el Diario Oficial.

Vea el informe y comentarios aquí