La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), para su aprobación, un acuerdo extrajudicial firmado con Manfred Paulmann, Cencosud y Asesorías Alpa, con el fin de poner término a una investigación por infracción a la prohibición de interlocking.
Esta conducta, que está descrita en el Artículo 3 letra d) del DL 211, consiste en la participación simultánea de una persona en cargos de director o ejecutivo relevante en dos o más empresas competidoras.
En el acuerdo suscrito, Manfred Paulmann, Cencosud y Asesorías Alpa reconocen la participación simultánea de Paulmann como director en Cencosud y como ejecutivo relevante en Asesorías Alpa, desde julio de 2021 hasta la actualidad. Además, admiten el ejercicio por parte del empresario del cargo de director de ARS, filial de Asesorías Alpa, en forma simultánea al de Cencosud, desde julio de 2021 hasta mayo de 2022.
Según lo establecido en el acuerdo extrajudicial, Cencosud y Asesorías Alpa han participado en el mercado de venta al por menor en tiendas de conveniencia, tiendas de estaciones de servicio, y otras tiendas y almacenes de barrio. En el caso de Cencosud, mediante su marca Spid, y en el caso de Asesorías Alpa, junto con su filial ARS, mediante los formatos Breti (que en agosto de 2023 fue adquirido por Cencosud) y Maxi K, que continúa operando.
El acuerdo obliga al empresario y a las empresas investigadas a efectuar pagos a beneficio fiscal que ascienden a esta fecha a un total de $ 1.200 millones, de los cuales Paulmann asumirá $ 50 millones; Asesorías Alpa, $ 280 millones; y Cencosud, $ 870 millones, y a adoptar una serie de medidas para resguardar la libre competencia en el mercado y asegurar que se ponga fin a la conducta.
La investigación que dio cuenta del interlocking fue iniciada de oficio por la División de Fiscalización de la FNE en septiembre del año 2023, a partir de antecedentes recabados en el marco del análisis de la operación de concentración mediante la cual Cencosud adquiriría activos de ARS.
La suscripción de este acuerdo marca un nuevo hito en relación con los esfuerzos desplegados por la FNE para la detección y persecución de este tipo de conducta. Todo dentro del marco de la política de supervisión de cumplimiento de la prohibición de interlocking implementada por la FNE, dada su importancia para evitar riesgos de flujo de información entre competidores, prácticas concertadas o acuerdos colusorios.
“Las empresas deben comprender la relevancia fundamental de la prohibición de interlocking y cumplir estrictamente con ella. Seguiremos monitoreando activamente su cumplimiento para propiciar que las empresas compitan intensamente”, señaló el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg.
Anteriormente, en el año 2021, la FNE requirió por esta infracción a Hernán Büchi, Banco de Chile, Consorcio y Falabella, y a Juan Hurtado Vicuña, Consorcio y LarrainVial por la misma conducta.
El acuerdo extrajudicial suscrito en esta oportunidad es consistente con lo sostenido por la FNE en estos dos requerimientos, que se encuentran actualmente en tramitación en el TDLC.