La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó a la Corte Suprema establecer como estándar en la revisión de los sistemas colectivos de gestión de residuos el modelo de licitación en dos etapas y que se abstenga de emitir informes incompletos o sujetos a revisiones ex post de la FNE o de otro órgano, en el marco de la Ley REP.
La FNE hizo esta solicitud en los alegatos realizados hoy ante la Tercera Sala del máximo tribunal para revisar los recursos de reclamación presentados contra los informes N°29 y N°30 del TDLC sobre los sistemas de gestión colectivos de neumáticos usados o fuera de uso denominados Neuvol y Valora-Más, respectivamente.
En su alegato, el abogado de la División Antimonopolios de la FNE Sebastián López, expuso que dichos informes -necesarios para que las gestoras puedan recibir las aprobaciones para operar- deben ser subsanados para mitigar riesgos de afectación a la libre competencia, ordenándose a Neuvol y Valora-Más incorporar en las bases de sus licitaciones futuras, tanto para los servicios de recolección como de valorización, el modelo de dos etapas, en el cual se evalúa primeros los aspectos técnicos y luego el factor precio.
Según el representantes de la FNE, el modelo de dos etapas asegura los resultados más acordes con la eficiencia asignativa que se obtiene con una competencia efectiva e intensa en dichos procesos, reduciendo así los costos de cumplir con estas obligaciones ambientales que serán traspasados a los consumidores.
Asimismo, la Fiscalía solicitó a la Corte Suprema que ordene al TDLC que, en lo sucesivo, se abstenga de emitir informes favorables incompletos o sujetos a revisiones ex post de la FNE o de cualquier otro órgano, en el marco de la Ley REP. Al respecto, el abogado de la FNE indicó que ciertas reglas y requisitos de las bases de licitación aprobadas en los informes N°29 y N°30 quedaron indeterminados o sujetos a completarse, permitiendo vacíos que fomentan ejercicios de discrecionalidad por el ente licitante y que afectan una posible mayor concurrencia de oferentes, mientras que para otros criterios dejó su definición a una revisión ex post por parte de la FNE.
Entre los aspectos que no fueron establecidos en los informes aprobados por el TDLC, López mencionó estrategias de los servicios a licitar, niveles mínimos de servicio, duración de los contratos, montos de las garantías, experiencia y antecedentes necesarios para acreditarla.
“No es viable que la autorización sea incompleta o parcial, o que esté sujetas a una calificación posterior de compatibilidad con la libre competencia emanada de otro órgano, pues, precisamente, la finalidad de esta atribución del H. TDLC es otorgar certeza jurídica a todos los actores relacionados con la Ley REP”, explicó el abogado de la FNE.