MENÚ Botón Menú

¿qué estás buscando?

Logo FNE
MENÚ icono

FNE pide al TDLC que se considere carga total de las naves para calcular la participación de mercado de agentes de naves en el Terminal Portuario de Valparaíso  

15 / 11 / 2024

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) participó ayer en la audiencia pública convocada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para analizar la solicitud presentada por la Empresa Portuaria de Valparaíso (EPV), para aclarar la forma de cálculo de los porcentajes de participación de mercado en el mercado de los agentes de naves.

En la audiencia, la abogada de la División Antimonopolios de la FNE, Daniela Becerra, solicitó al Tribunal establecer una metodología de cálculo en que las participaciones de mercado de los agentes se contabilicen sobre el total de las toneladas movilizadas en cada una de las naves que dichos actores agencian, destacando que lo que se defina en ese proceso afectará la fiscalización de otros puertos.

La abogada señaló que esta forma de cálculo ya ha sido utilizada por la FNE y por EPV para efectos de fiscalizar el límite de integración vertical entre el concesionario portuario y los agentes de naves.

Al respecto, agregó que esta metodología es la única que atiende correctamente los riesgos anticompetitivos que se derivan de la integración vertical, tales como el desvío de clientes que contratan el servicio de agenciamiento de naves con competidores hacia el agente integrado, y el direccionamiento de la demanda de servicios no regulados requeridos por sus clientes hacia TPV o empresas relacionadas.

La representante de la FNE explicó también que, en contraposición a la propuesta del actual concesionario del Terminal Portuario de Valparaíso, esta metodología permite evaluar cada uno de los segmentos que forman parte de la cadena de transporte marítimo por separado, sin confundirlos entre ellos.

La FNE destacó que definir una metodología adecuada es clave para fiscalizar el Informe N°20/2021 del TDLC, en el cual se establece que, quienes califiquen como usuarios relevantes del frente de atraque, no podrán superar el 60% de la propiedad de la sociedad concesionaria.

El mismo pronunciamiento del TDLC precisa que los agentes de naves calificarán como usuarios relevantes cuando contraten, efectúen o intervengan sobre el 25% del tonelaje de carga marítima movilizada en el frente de atraque o el 15% de tonelaje de carga marítima movilizada en la región.