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FNE pide multas por un total de $ 780 millones en los primeros dos requerimientos contra empresas que no notificaron su participación en competidores

28 / 01 / 2020

Tras concluir dos investigaciones iniciadas de oficio, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó el viernes 24 de enero ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) los primeros dos requerimientos contra empresas que no le comunicaron poseer una participación superior al 10% en la propiedad de firmas competidoras, pese a haber estado obligadas por ley a informarlo.

Las requeridas son Banmédica S.A. y la Sociedad de Inversiones Los Orientales Limitada, acusadas de infringir el Artículo 4° transitorio de la Ley N° 20.945, que estableció que las empresas que tuvieran una participación superior al 10% en la propiedad de un competidor y que superaran determinados umbrales de venta, debían informárselo a la FNE a más tardar el 26 de febrero de 2017, cuando se cumplieron 180 días desde entrada en vigencia de la nueva ley.

La nueva norma también estableció que la adquisición de más de 10% de la propiedad de un competidor, a contar de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.945, debe ser informada a la Fiscalía dentro de 60 días de perfeccionada la operación.

“Las participaciones en empresas competidoras pueden reducir la presión competitiva o facilitar la formación de un cartel y, en general, producen escasas eficiencias. Es justamente por ello que el DL 211 impuso la obligación de informar a la FNE las participaciones en empresas competidoras y el simple incumplimiento de ese deber trae aparejada una sanción, pues dificulta la labor de la FNE de conocer las participaciones minoritarias y, eventualmente, de perseguir las que sean riesgosas para la libre competencia”, destacó el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco.

Banmédica

En su investigación la FNE detectó que Banmédica S.A., matriz del holding Empresas Banmédica, que interviene en el mercado de la salud en Chile y en el extranjero, es dueña de Clínica Ciudad del Mar en la ciudad de Viña del Mar y posee al mismo tiempo el 28,63% del capital de su competidora Clínica Los Carrera, ubicada en la ciudad de Quilpué.

Ambos establecimientos se encuentran en la Región de Valparaíso, distanciados por apenas 16 kilómetros, y ofrecen los mismos tres tipos de servicios de salud: ambulatorios, hospitalario y atención de urgencias, lo que, sumado a otros factores tenidos en consideración, sitúa a ambas clínicas como competidoras.

Considerando el tiempo transcurrido sin que la empresa diera cuenta de esta situación a la FNE, su capacidad económica y el efecto disuasivo de la sanción, la FNE solicitó al TDLC que aplique a Banmédica una multa de 970 Unidades Tributarias Anuales (UTA), que equivalen a $ 578 millones. Para definir la multa, la Fiscalía consideró también que en este caso la infracción es más grave porque la requerida tiene presencia internacional y acceso a asesoría legal especializada, que tiene a su disposición la información y conocimiento necesario para determinar la existencia del incumplimiento.

Los Orientales

El otro requerimiento fue presentado contra Sociedad de Inversiones Los Orientales Limitada, que controla la empresa Plásticos Bio Bio S.A., con el 63% de la propiedad, y que, al mismo tiempo, posee directamente el 15,98% de su competidor Plásticos Eroflex S.A.

Ambas compañías de dedican a la fabricación, comercialización y distribución de envases flexibles de plástico y compiten en el negocio de películas, hojas o laminaciones que derivan en distintos tipos de bolsas, films y mangas para su uso en distintos sectores industriales tales como empresas comercializadoras de alimentos, productos agrícolas, productos industriales o mineros, entre otros, que requieren de un envasado plástico que almacene y proteja sus productos, para luego comercializarlos.

En esta investigación, la FNE constató que la requerida identifica como competidores a ambas empresas en las cuales participa, y prueba de ello es que su representante legal se mantuvo en el directorio de Eroflex hasta el 31 de diciembre del 2016, cuando renunció atendida la entrada en vigencia del artículo 3 letra d) del DL 211, que prohibió el interlocking o presencia de un mismo director y/o ejecutivo relevante en dos empresas competidoras entre sí.

En este caso, considerando la duración de la conducta, la capacidad económica del infractor y el efecto disuasivo de la sanción, la Fiscalía solicitó al Tribunal que imponga a Inversiones Los Orientales una multa de 330 UTA, que ascienden a casi $ 200 millones.

Las investigaciones

Desde que se estableció por ley la información de informar participaciones en competidores, la FNE ha recibido alrededor de 60 notificaciones de empresas que han realizado este tipo de adquisiciones.

El análisis de estos casos está radicado en la Unidad de Fiscalización de Cumplimiento, creada en abril del año pasado y que dirige el abogado Manfred Zink.

Además del análisis de los casos notificados a la FNE, este equipo trabaja en determinar eventuales incumplimientos a la obligación de informar, iniciando investigaciones de oficio sobre participaciones en competidores adquiridas con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley y también las existentes antes de la entrada en vigencia da la ley, origen de los requerimientos contra Banmédica e Inversiones Los Orientales.

Para ello, la Fiscalía desarrolló un software que analiza bases de datos y permite, entre otras acciones, efectuar diversos cruces de información que arrojan pistas sobre eventuales incumplimientos y otras conductas relacionadas.

Ver Requerimiento contra Banmédica S.A.

Ver Requerimiento contra Sociedad de Inversiones Los Orientales Limitada.