La Fiscalía Nacional Económica (FNE) pidió a la Corte Suprema que ratifique la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra las empresas Faasa Chile Servicios Aéreos Limitada y Martínez Ridao Chile Limitada por haber celebrado y ejecutado un acuerdo anticompetitivo para asignarse contratos para prestar servicios de combate y extinción de incendios forestales a través de aviones cisterna en el marco de procesos de contratación convocados por empresas privadas y entidades públicas entre el 2009 y el 2015.
En una audiencia realizada hoy para analizar recursos de reclamación interpuestos por las condenadas contra la decisión del Tribunal, la Fiscalía solicitó que éstos sean rechazados debido a que son improcedentes pues, tras un análisis exhaustivo de los antecedentes, la sentencia dio por acreditados todos los hechos fundantes del requerimiento que presentó la FNE, rechazando las excepciones y defensas que durante el juicio fueron invocadas por las empresas.
El Jefe de Litigios de la institución, Víctor Santelices, dijo en su alegato que “el acuerdo cumple con todas las características para calificarlo de único y continuo, así como de infracción permanente” y que deben desestimarse las solicitudes de reducción de la sanción pecuniaria, ya que “las multas no resultan desproporcionadas y una reducción adicional pone en riesgo su eficacia disuasiva”.
La sentencia, dictada por el TDLC en enero de este año, condenó a estas compañías a pagar una multa a beneficio fiscal de 8 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), que equivalen a una cifra cercana a los US$ 6,3 millones. Del total, US$ 1,5 millones deberá asumirlo Faasa Chile y casi US$ 4,8 millones, Martínez Ridao.
Entre los afectados por este acuerdo se cuentan instituciones del Estado, como la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (Onemi), así como algunas empresas forestales privadas.