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FNE presentó requerimiento por participación simultánea de un director en empresas competidoras contra Juan Hurtado Vicuña, Consorcio y Larraín Vial

04 / 01 / 2022

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra Juan Hurtado Vicuña, Consocio Financiero y Larraín Vial por infracción a la prohibición de interlocking horizontal, consistente en la participación simultánea de un mismo director o ejecutivo relevante en dos o más empresas competidoras.

En la acción, la FNE acusa que Hurtado fue director en ambas empresas que compiten entre sí en la prestación de servicios de intermediación de valores y otros servicios ofrecidos por corredoras de bolsa. Agrega que la participación de Hurtado se inició con anterioridad a la entrada en vigencia de la prohibición (febrero de 2017), se mantuvo en el período transitorio que la ley otorgó para dar cumplimiento a la misma y terminó en abril del 2019, con su renuncia al directorio de Larraín Vial.

En el requerimiento, la Fiscalía pide al Tribunal que aplique a Hurtado una multa de $ 162 millones a beneficio fiscal (250 Unidades Tributarias Anuales, UTA), a Consorcio Financiero una de $ 1.287 millones (1.980 UTA) y a Larraín Vial una de $ 1.852 millones (2.850 UTA).

Este requerimiento, al igual que el presentado contra Hernán Büchi, Banco de Chile, Falabella y Consorcio, es consecuencia de una investigación iniciada de oficio por la División de Fiscalización de la FNE, mediante el uso de herramientas tecnológicas que tienen por fin detectar vínculos entre competidores, ya sea por medio de participaciones sociales o de personas naturales, como en estos dos casos.

Para la FNE participan en la infracción tanto las personas naturales que incumplen la prohibición de interlocking como las empresas competidoras en las cuales se materializó esta conducta.

Esto, debido a que es la persona quien decide aceptar y ejercer los cargos en dos o más empresas competidoras y es la empresa la que interviene en el establecimiento de la participación simultánea y en mantener esta situación, que puede facilitar la colusión y reduce la independencia entre los actores del mercado.

¿Qué es el interlocking y por qué está prohibido?

El interlocking horizontal es una conducta que está prohibida en el artículo 3, letra d) del DL 211, que norma la defensa y promoción de la libre competencia en Chile, y consiste en la participación de una misma persona en el cargo de director o ejecutivo relevante de manera simultánea en empresas competidoras que registren ventas superiores a UF 100 mil en el año calendario anterior a la infracción.

La ley establece que el solo hecho de tener la participación simultánea en competidores es suficientemente riesgoso para ameritar una prohibición absoluta y, por eso, basta con acreditar esta situación para que procedan las sanciones legales, sin que tenga que probarse si se produjeron efectos anticompetitivos, como aumentos de precios, reducción de la cantidad, disminución de la calidad o la innovación, entre otros.

Tampoco es requisito que las empresas en las que se produce la participación tengan poder de mercado o posición dominante.

Esta prohibición absoluta se debe a que el interlocking es peligroso para la libre competencia, porque genera dos tipos de riesgos: el primero, es que puede facilitar derechamente la colusión y, el segundo, es que aún sin un acuerdo colusorio explícito, reduce la independencia entre los actores del mercado, lo que disminuye la competencia.

Esto, porque los vínculos que se generan entre los competidores, a través de los ejecutivos o directores que comparten, reducen la incertidumbre sobre lo que pueda hacer el rival (por ejemplo, lanzar un producto que atraiga gran cantidad de ventas) y con ello desaparece la presión a mejorar o destacarse para no perder las preferencias de los consumidores, por ejemplo, innovando o bajando los costos.

 

Ver Requerimiento contra Juan Hurtado, Consorcio y Larrain Vial.

Ver Requerimiento contra Hernán Büchi, Banco de Chile, Consorcio y Falabella.