La Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizó hoy la versión número 20 de su seminario anual “Día de la Competencia”, que en esta ocasión abordó el tema “Libre Competencia y Mercado del Trabajo”.
El encuentro, que se realizó de manera remota, tuvo como anfitrión al Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, y como expositora a la profesora de Economía Aplicada del MIT y experta en libre competencia, Nancy L. Rose.
En su presentación, el Fiscal destacó que la aplicación de las leyes de libre competencia en el mercado del trabajo es uno de los tópicos de mayor actualidad en el derecho comparado y afirmó que “los mercados laborales forman parte de aquellos en que se aplica nuestra ley de libre competencia contemplada en el Decreto Ley N°211 de 1973 y la Fiscalía Nacional Económica los vigilará con el mismo rigor con que actúa en otros mercados de nuestra economía en que se transan productos o servicios”.
El Fiscal señaló que la importancia de lo que llamó “un nuevo foco en las preocupaciones de la FNE” radica en que “la libre competencia entre empresas empleadoras favorece a trabajadores actuales y potenciales a obtener salarios competitivos, mejores condiciones laborales y, a su vez, se fomenta la meritocracia y la movilidad social” y agregó que “cuando los mercados laborales son más competitivos, los consumidores también ganan porque una fuerza laboral más competitiva es capaz de crear mejores productos y servicios”.
Conductas
En su discurso, el Fiscal mencionó algunas eventuales conductas anticompetitivas que preocupan a la Fiscalía en los mercados laborales, relacionadas con colusión, intercambios de información sensible y operaciones de concentración.
En cuanto a colusión, se refirió a los acuerdos o prácticas concertadas para fijar salarios y para no contratar trabajadores de una empresa competidora, precisando que en la medida que sean acuerdos o prácticas anticompetitivas desnudas y que no presenten justificaciones procompetitivas, son conductas que se encuentran prohibidas por la ley, sin importar si las empresas empleadoras cuentan con poder de mercado o si generan efectos anticompetitivos.
Respecto al intercambio de información sensible, mencionó que compartir, en el marco de una asociación gremial, datos sobre el monto de los salarios presentes y futuros que las empresas pagan y pagarán a sus trabajadores puede infringir la ley de libre competencia y, a su vez, podría también configurar un acuerdo o práctica concertada constitutivo de colusión.
En el caso de las operaciones de concentración, sostuvo que pueden reducir sustancialmente la competencia en los mercados laborales, perjudicando a los trabajadores en aspectos tales como la disminución de sus salarios o la desaceleración del crecimiento de éstos, el deterioro de las condiciones laborales o de la calidad del lugar de trabajo. Asimismo, las cláusulas de no solicitación accesorias a una operación de concentración y de usual aplicación en éstas, que obligan a la parte vendedora a no contactar a trabajadores o ejecutivos que se desempeñaban en la sociedad objetivo para efectos de formularles ofertas de trabajo, pueden reducir sustancialmente la competencia en los mercados laborales si no se justifican en base a su ámbito geográfico, material y temporal.
“Nuestro objetivo es promover y defender la libre competencia en los mercados laborales, detectando y sancionando conductas anticompetitivas como las que se han mencionado, contribuyendo con ello a incrementar la productividad y el crecimiento económico en nuestro país”, afirmó Grunberg, precisando que la FNE ejercerá las atribuciones que le confiere la ley para resguardar la libre competencia, considerando el ámbito de acción de otras autoridades y organismos encargados del diseño e implementación de políticas públicas en el ámbito laboral.
En su intervención, la profesora Rose abordó el rol del derecho de la libre competencia en los mercados laborales, explicando la literatura y evidencia económica que muestran los potenciales daños de las conductas anticompetitivas, así como la experiencia que existe -especialmente en Estados Unidos- en la aplicación del derecho de la libre competencia para combatir dichas conductas.