La Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizó hoy su Cuenta Pública Participativa 2025, en la que el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, expuso las principales acciones realizadas por la institución y los resultados obtenidos en el cumplimiento de su labor de defensa y promoción de la libre competencia en los mercados nacionales.
En su exposición, el Fiscal destacó el sello técnico, moderno y proactivo de la FNE y reiteró el foco que posee en la persecución de conductas como carteles y abusos de posición dominante tanto en los mercados tradicionales como en los mercados digitales. Asimismo, valoró la consolidación del sistema de control de operaciones de concentración y el aporte que constituyen los estudios de mercado, junto con destacar que la institución ha ampliado su ámbito de acción hacia otros mercados.
Respecto al sistema de control de operaciones de concentración, el Fiscal señaló que, a casi una década de su puesta en marcha, se encuentra consolidado y que, además de ser un régimen que busca dar certeza jurídica y predictibilidad a los agentes económicos mediante un análisis eficiente y colaborativo, cumple una función preventiva y contribuye a preservar la salud competitiva de la economía chilena.
En la actividad el Fiscal también se refirió al análisis que realizó la FNE sobre la propuesta de adquisición de control en Andacor por parte de Mountain Capital Partners, que pretendía concentrar en un solo actor la totalidad de los centros de esquí de la Región Metropolitana y que las partes desistieron el 17 de julio, cuando la investigación se encontraba en la etapa final de la Fase 2 de análisis, tras meses de un exhaustivo trabajo por parte de la FNE.
Al respecto, el Fiscal señaló que las medidas de mitigación presentadas durante el análisis no eliminaban la posibilidad de que las partes ejercieran su poder de mercado al momento de fijar precios y que se contraponían a los parámetros establecidos en la Guía de Remedios de la FNE.
En la Cuenta Pública, el Fiscal también indicó que tras analizar las sentencias dictadas por la Corte Suprema en marzo pasado, que revirtieron sentencias del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en los dos primeros requerimientos por interlocking horizontal, la FNE interpreta que el concepto de empresas competidoras contemplado en la ley cubre tanto a sociedades matrices como a filiales operativas en un mismo mercado, y que centrará la persecución de esta conducta en las personas naturales que se desempeñen simultáneamente en aquellas como ejecutivo relevante o director.
Ver Discurso del Fiscal Nacional Económico.
Ver Cuenta Pública Participativa 2025.