Mañana se realizarán en la Corte Suprema los alegatos en el marco de las reclamaciones presentadas contra la Sentencia N° 165-2018 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que condenó a los laboratorios Biosano, Fresenius Kabi Chile y su filial Sanderson, por formar y mantener un cartel para afectar licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para adquirir medicamentos inyectables de menor volumen (también conocidas como ampollas).
En una resolución unánime, el Tribunal impuso al laboratorio Sanderson una multa de 30 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA, equivalentes a US$ 24,8 millones) y de 2.463 UTA, poco más de US$ 2 millones, a Fresenius Kabi Chile.
En el caso del laboratorio Biosano, el TDLC lo eximió de multa por haberse acogido al programa de delación compensada.
Asimismo, ordenó a todas las empresas involucradas adoptar un programa de cumplimiento, bajo los lineamientos establecidos por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en su Guía sobre la materia.
Esta sentencia fue reclamada ante la Corte Suprema por los laboratorios Sanderson y Fresenius Kabi, que solicitaron revocarla y, en consecuencia, rechazar el requerimiento de la FNE y dejar sin efecto la sanción. La FNE se hizo parte en este procedimiento para pedir al máximo tribunal que confirme la sentencia del TDLC en todas sus partes.
En su sentencia, el TDLC señaló que “la prueba citada precedentemente demuestra que las Requeridas acordaron afectar procesos de licitación convocados por Cenabast para la provisión de inyectables de menor volumen, desde a lo menos el año 1999 a febrero de 2013”.