DFL Nº 323, Ley de Servicios de Gas
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DFL Nº 323, de 1931, de Interior, Ley de Servicios de Gas
Publicado en Diario Oficial Nº 15.985, de 30 de mayo de 1931
Párrafo 2
De las tarifas y de los pagos
Artículo 31º. .
En cualquier momento, si las condiciones o regulaciones del mercado fueran suficientes para volver a asegurar un régimen de libre competencia, la Comisión Resolutiva podrá emitir, de oficio o a petición de parte, una resolución dejando sin efecto la fijación de precios por parte del Ministerio para los suministros de gas que se encuentren en tal situación en virtud de una resolución anterior a ella.
A las resoluciones de la Comisión Resolutiva señaladas en los incisos anteriores les será aplicable lo establecido en el artículo 19º del Decreto Ley 211, de 1973.