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TDLC acoge requerimiento de la FNE por colusión de laboratorios en licitaciones de medicamentos inyectables

09 / 11 / 2018

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió hoy el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) contra los laboratorios Biosano, Fresenius Kabi Chile y su filial Sanderson, por formar y mantener un cartel para afectar licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para adquirir ampollas de medicamentos.

En una resolución unánime, el Tribunal impuso al laboratorio Sanderson una multa de 30 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA, equivalentes a US$ 25,6 millones) y de 2.463 UTA, equivalentes a US$ 2,1 millones, a Fresenius Kabi Chile.

En el caso del laboratorio Biosano, el TDLC lo eximió de multa por haberse acogido al programa de delación compensada.

Junto con lo anterior, el TDLC impuso a Sanderson y a Fresenius la obligación de adoptar durante cinco años un programa de cumplimiento en materia de libre competencia acorde a la “Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia”, elaborada por la FNE.

En su sentencia, el TDLC señaló que “la prueba citada precedentemente demuestra que las Requeridas acordaron afectar procesos de licitación convocados por Cenabast para la provisión de inyectables de menor volumen, desde a lo menos el año 1999 a febrero de 2013”.

Y, entre los factores relevantes para determinar la multa, el Tribunal sostuvo que “en relación con el efecto disuasivo, esta circunstancia está estrechamente relacionada con la gravedad de la conducta imputada en autos. En efecto, se trata de un acuerdo colusivo que se ejecutó por al menos 14 años sobre productos de vital importancia para el sistema público de salud”.

El Fiscal Nacional Económico (S), Mario Ybar, señaló que “es inaceptable que las empresas se coludan y es aún más reprochable que lo hagan afectando al Estado en licitaciones públicas, sobre todo si se trata de medicamentos, como en este caso. Esperamos que una sentencia tan clara como la que ha dictado el Tribunal ayude a que situaciones como ésta vayan desapareciendo de nuestros mercados”.

 

El caso

 La investigación de la FNE se inició el 2012 a partir de denuncias de la Contraloría General de la República y del Ministerio de Salud. La evidencia del caso fue obtenida en diligencias de entrada, registro e incautación, así como de interceptación y registro de comunicaciones.

La acción presentada ante el TDLC el 3 de agosto de 2016, también se funda en elementos de prueba aportados por Biosano, en el marco del proceso de delación compensada al cual se acogió.

Según la acusación de la FNE, antes de ofertar en las licitaciones de Cenabast, los laboratorios definían cuál de ellos debía adjudicarse los medicamentos por los que podrían haber competido. El cartel operaba acordando precios de referencia para sus ofertas y determinando quién presentaría la propuesta ganadora.

La FNE planteó ante el Tribunal que el cartel se extendió entre 1999 y el primer semestre de 2013, periodo en el que Cenabast requirió más de un millar de veces los medicamentos comprendidos en la colusión.

Esta es la sexta ocasión en que la Fiscalía hace público y tramita ante el TDLC un caso que incorpora el mecanismo de delación compensada, vigente en Chile desde 2009.

 

Ver Sentencia N° 165/2018