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TDLC aprueba acuerdo conciliatorio entre la FNE y Biosano que cautela la ejecución de programa de cumplimiento exigido en sentencia dictada por colusión en licitaciones de Cenabast

14 / 09 / 2023

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó hoy el acuerdo conciliatorio firmado entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y el Laboratorio Biosano S.A., poniendo término al juicio iniciado por la FNE contra esta empresa en marzo pasado por haber incumplido una sentencia del TDLC que fuera confirmada por la Corte Suprema en la materia.

En su Requerimiento, la FNE señaló que el laboratorio ejecutó tardía y deficientemente algunas obligaciones que le fueron impuestas o dejó de ejecutar otras, todas vinculadas al programa de cumplimiento que debía implementar por un plazo de 5 años, tras ser condenado por haber sido parte de un acuerdo colusorio para afectar el resultado de licitaciones públicas.

«Las decisiones del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y de la Corte Suprema, ya sea que consistan en multas, otras sanciones o medidas, son dictadas para cumplirse y estamos fiscalizando para que ello se realice a tiempo y de manera íntegra. El acuerdo conciliatorio aprobado hoy por el Tribunal da cuenta de la importancia que tiene la ejecución del programa de cumplimiento exigido por el TDLC al término de un caso especialmente grave, como fue la colusión en licitaciones de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, Cenabast”, sostuvo el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg.

En el acuerdo aprobado por el Tribunal, Biosano reconoció hechos descritos en el Requerimiento señalado, se comprometió a dar fiel cumplimiento a la Sentencia del TDLC y a efectuar un pago a beneficio fiscal por más de $ 340 millones.

El incumplimiento

La Sentencia N°165-18 dictada por el Tribunal declaró que Biosano junto a los laboratorios Sanderson S.A. y Fresenius Kabi Chile Limitada ejecutaron un acuerdo colusorio para afectar el resultado de diversos procesos de licitaciones convocados por Cenabast, al menos entre 1999 y 2013.

Por lo anterior, el TDLC condenó a Sanderson y a Fresenius al pago de una multa y, aunque eximió de tal sanción a Biosano por haber sido acreedora del beneficio de delación compensada, le impuso la obligación de implementar un programa de cumplimiento, respecto del cual la FNE acusó la infracción sometida a conocimiento del Tribunal.

En su decisión, dictada hoy, el Tribunal señala que “las Bases de Conciliación exponen el reconocimiento de hechos imputados en el requerimiento y la forma de cumplir con las medidas asociadas a un programa de cumplimiento impuestas por este Tribunal. Junto con ello, se ofrecen diversos compromisos adicionales que incluyen el pago de una suma a beneficio fiscal. Lo anterior resulta de suma relevancia para la evaluación de la propuesta de Bases de Conciliación, dado que las medidas que fueron impuestas de oficio por parte de esta Magistratura en el Considerando 156° de la Sentencia, tienen por objeto prevenir la comisión de los atentados a la libre competencia expuestos en dicha sentencia condenatoria”.