El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó hoy el Acuerdo Extrajudicial suscrito el 30 de mayo pasado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) con Inversiones Caburga Ltda. (controladora de Hormigones Bicentenario S.A., perteneciente al grupo Hurtado Vicuña) y Holchile S.A. (vehículo de inversión en Chile del grupo suizo LafargeHolcim, controlador de Cemento Polpaico S.A.), en el cual éstas se comprometieron a desinvertir determinados activos para hacer viable la adquisición por parte de Caburga de las acciones que Holchile posee en Polpaico.
La FNE detectó que esta operación podría impedir, restringir o entorpecer sustancialmente la libre competencia en el mercado del hormigón (RMX) en algunas de las localidades en las que se superponen las plantas hormigoneras de las partes.
En este sentido, el TDLC manifestó su conformidad con el análisis de los riesgos realizado por la FNE atendidas las características de los mercados concernidos, el nivel de competencia y las condiciones de entrada existentes en éstos.
Con el objeto de mitigar estos riesgos, las compañías ofrecieron la desinversión de 7 plantas hormigoneras, ubicadas en las comunas de La Serena, San Felipe, Concón, Quilicura, Rancagua, San Fernando y Chillán, las que serán vendidas como un paquete único de activos, de manera de establecer en el corto plazo un nuevo competidor en el mercado del RMX de una entidad y escala suficiente capaz de desafiar competitivamente a la totalidad de los incumbentes en dicho mercado, y con la cual en el futuro se facilitará su entrada a la producción propia de cemento.
El acuerdo también fija pautas para resolver asuntos vinculados con la transferencia de los activos tangibles e intangibles que forman parte de las plantas hormigoneras, tales como camiones mezcladores, contratos de arrendamiento de inmuebles, contratos de abastecimiento de insumos (cemento y áridos), las listas de clientes y los proyectos en ejecución que se abastecen de las plantas que serán transferidas, y los demás activos necesarios para mantener el normal y continuo funcionamiento de las plantas hormigoneras.
A juicio de la FNE y de las partes, este paquete de desinversión se compone de plantas hormigoneras compuestas por activos suficientes para continuar la normal operación productiva de éstos como unidad económica funcional, y resulta proporcional y adecuado para mitigar los riesgos derivados de la operación.
Lo anterior fue refrendado por el TDLC, quien señaló que las medidas acordadas parecen correctas y permitirían mitigar los riesgos identificados por la FNE.
Para llevar a cabo la desinversión y monitorear el cumplimiento del acuerdo, Caburga designó como agente fiduciario a Asesorías Tyndall SpA (Tyndall Group), entidad independiente de las partes, cuyo nombramiento fue aprobado por la FNE.
Además, mientras no se concrete el traspaso de estos activos a un tercero, las plantas hormigoneras deberán ser administradas por una filial independiente creada por Caburga para ese fin, debiendo el agente fiduciario velar por su correcta dirección y mantenimiento.
Tyndall Group será el encargado de presentar a Caburga las ofertas de los interesados en adquirir los activos de la filial independiente. Luego, deberá presentar para la aprobación de la FNE un informe fundado respecto al comprador seleccionado, quien deberá cumplir con características tales como ser independiente de Caburga y de Holchile, poseer capacidad económica y financiera para hacer viable y competitiva la filial independiente y, además, su adquisición no debe generar riesgos de competencia en virtud de la desinversión.
A este respecto, cabe mencionar que pese a compartir con los restantes Ministros la aprobación del Acuerdo Extrajudicial, dos Ministros del TDLC realizaron una prevención en cuanto a excluir el requisito de aprobación o rechazo de la identidad del comprador por parte de la FNE.