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TDLC aprueba acuerdo extrajudicial entre la FNE y empresa de tuberías de uso hidráulico.

05 / 08 / 2014

La empresa Polifusión se comprometió a no inscribir marcas pertenecientes a otras firmas en Chile o en el extranjero, a solicitar en el Inapi la cancelación de tres registros marcarios y a no oponerse a solicitudes de inscripción de otras dos marcas, bajo ciertas condiciones.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó hoy un acuerdo extrajudicial firmado entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y la empresa Polifusión, dedicada a la elaboración, importación y venta de tubos de uso hidráulico. El documento puso término a una investigación iniciada en 2012 sobre la existencia de eventuales prácticas anticompetitivas en el mercado nacional de tuberías de uso hidráulico, específicamente en la categoría de Polipropileno Random (PPR).

La FNE investigó si Polifusión, empresa con alta participación de mercado, estaba impidiendo, restringiendo o entorpeciendo el ingreso de nuevos actores o la expansión de los existentes, a través de la inscripción o renovación de marcas comerciales en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi). Así, fue detectada la existencia de inscripciones marcarias que corresponden a marcas comercializadas fuera de Chile por competidores actuales o potenciales de la firma y otras tres marcas que estaban registradas, pero no eran utilizadas por Polifusión.

En el transcurso de la investigación, la empresa se acercó voluntariamente a la FNE, lo que permitió llegar al acuerdo. Este establece la obligación de la empresa de no inscribir en el futuro marcas comerciales de tubos respecto de las cuales o exista un uso en el comercio o que sean marcas notorias y famosas en Chile o en el extranjero actualmente comercializadas por competidores actuales o potenciales.

Además, Polifusión asumió otros dos compromisos. El primero es solicitar al Inapi la cancelación de los registros de las marcas Coverthor, Hidrofast y Dizayn en un plazo máximo de 30 días desde que entre en vigencia el acuerdo y el segundo, renunciar al derecho de ejercer la oposición al registro de las marcas Ekoplastik y Fusiotherm bajo ciertas condiciones.

Para la FNE, la titularidad de registros marcarios sin utilización, comercializados en el extranjero por competidores, tiene la potencialidad de obstaculizar el ingreso o expansión de competidores en Chile. Este es el segundo acuerdo que incorpora temas marcarios que lleva adelante la Fiscalía este año, luego de que a fines de mayo el TDLC aprobara un acuerdo conciliatorio con CCU, Bavaria y Cervecerías Chile para poner fin a un requerimiento por registro de marcas cerveceras.

La Fiscalía había acusado a CCU demantener el registro de diversas marcas en el Inapi, bloqueando la competencia de otros actores, pero el juicio terminó con el compromiso de la mayor cervecera local de cancelar registros marcarios, transferir marcas y permitir que otras empresas utilicen marcas que aluden a variedades de cerveza y localidades del país.