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TDLC Aprueba conciliación entre la FNE y empresas que participaron en operación de concentración entre Cine Hoyts y Cinemundo

15 / 01 / 2013

Con fecha 15 de enero de 2013, el H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”) aprobó un acuerdo conciliatorio entre la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”) y las sociedades  Hoyts General Cinema South America, Inc., Hoyts Cinemas Chile Holdings Limited, Chile Films S.A. e Inversiones IVM SpA (hoy Cine Hoyts SpA), en el marco del procedimiento que se tramitaba ante el TDLC y que se originó a raíz del Requerimiento presentado con fecha 27 de junio de 2012 por la FNE en contra de dichas sociedades.

En su resolución aprobatoria, el TDLC expresó: “Que, a juicio de este Tribunal, el Acuerdo Conciliatorio propuesto mitiga los riesgos detectados por la Fiscalía Nacional Económica en su requerimiento y que dicen relación con los efectos de la integración de los cines que operan bajo las marcas Hoyts y Cinemundo. Por lo que, en consecuencia, no atenta contra la libre competencia”.

El acuerdo conciliatorio obliga a las sociedades del Grupo Chile Films a desinvertir complejos de cine en las comunas de Estación Central y de Valparaíso.

Por una parte, las sociedades del Grupo Chile Films deberán desinvertir uno cualquiera de los complejos de cines que operan en la comuna de Estación Central, ubicados en el centro comercial Paseo Arauco Estación y en el Mall Plaza Alameda, en favor de un actor que opere actualmente en el negocio en Chile o a uno que, no obstante no operar actualmente cines en Chile, lo haga en el extranjero.

Por otra parte, las sociedades del Grupo Chile Films se obligan a desinvertir el complejo de cines Hoyts Valparaíso, ubicado en Avenida Pedro Montt N° 2111, Valparaíso, en el evento que se construya el proyecto Mall Plaza Muelle Barón, en favor de un actor que opere actualmente en el negocio en Chile o a uno que, no obstante no operar actualmente cines en Chile, lo haga en el extranjero.

Esta conciliación surge a propósito de un requerimiento en donde por primera vez la FNE reprocha una operación de concentración determinada que ya se encontraba ejecutada.

Vea resolución del TDLC aquí

Vea texto del acuerdo conciliatorio aquí