La Primera Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible, por unanimidad de sus cinco miembros, el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la empresa Brink’s, dejando sin efecto la suspensión del juicio por colusión que inició la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra de dicha empresa, Prosegur, Loomis y de los ejecutivos implicados.
La resolución del TC estableció que el recurso de inaplicabilidad no es admisible porque carece de fundamento plausible. De este modo, la Primera Sala del TC, que examinó el caso, señaló que: “esta Magistratura estima que no existe fundamento plausible para declarar admisible el requerimiento, toda vez que no se presenta una exposición circunstanciada, razonada, ni delimitada, de la forma en que el precepto legal contraría la Constitución”.
De esta forma, con su decisión, el TC confirma los argumentos expuestos por el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, en la audiencia pública del 23 de febrero pasado, en relación a que el procedimiento contencioso seguido ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contempla una serie de garantías que resguardan el debido proceso de todas las partes que en él intervienen y que, durante el juicio, Brink’s y todas las demás partes podrán efectuar todas las alegaciones que estimen pertinentes para intentar dar explicaciones a sus actos, acceder e impugnar la evidencia que recabó la FNE durante su investigación, y presentar toda la prueba que sustente su defensa.
Al solicitar la inadmisibilidad del recurso al TC, el Fiscal afirmó también que “este requerimiento no es más que una herramienta para dilatar la entrada de un juicio en el que se imputa a Brink’s junto a 8 personas jurídicas y naturales nada menos que haber estado involucrados en una colusión, que es, por lejos, la más grave de todas las infracciones a la libre competencia por su clandestinidad y por el perjuicio que causa a todos los consumidores nacionales”.
El recurso de Brink’s perseguía que se ordenara a la FNE exhibir el expediente de investigación antes que las partes contesten la acusación de colusión y condujo a la suspensión del procedimiento seguido ante el TDLC a partir del 14 de enero de 2022.
Al respecto el Fiscal explicó al TC que los requeridos tiene en su poder la totalidad de su propia prueba y que es incomprensible la “ceguera” aducida por quienes presentaron el recurso de inaplicabilidad. Asimismo, dijo que el requerimiento detalla quiénes participaron en el acuerdo, su objeto y duración, además de la descripción del mercado afectado y el modus operandi.
El juicio por colusión
La FNE presentó el 7 de octubre del 2021 ante el TDLC una acusación por colusión contra las tres principales empresas de transporte de valores que operan en el país: Brink’s, Loomis y Prosegur, y contra seis de sus principales ejecutivos, por haber celebrado y ejecutado un acuerdo para fijar los precios de sus servicios entre los años 2017 y 2018. La FNE pidió al TDLC que aplique a las empresas y ejecutivos sanciones a beneficio fiscal que totalizan 81.585 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a aproximadamente US$ 63,4 millones.
A la fecha, se encuentra pendiente la notificación de tres ejecutivos: Rui Sanches, encargado de Loomis para Portugal y Latinoamérica, quien reside en la península ibérica; Marco Malverde, ex gerente general de Prosegur y actual ejecutivo en el extranjero del mismo grupo, quien abandonó el país durante la última etapa de la investigación; y Alberto Bálsamo, ex gerente general de Brink’s, quien salió de Chile tras la presentación de la acción por parte de la FNE y que mantiene un vínculo contractual con la referida empresa.
Con esta decisión del Tribunal Constitucional, se reanudará el juicio ante el TDLC, así como las gestiones destinadas a notificar a los ejecutivos antes mencionados.