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Etapas en el control de operaciones de concentración

Hecho, Acto o convención

¿Califica como operación de concentración?

Los criterios a considerar son los establecidos en el artículo 47 del DL 211 y explicitados en la Guía de competencia

No
Régimen general

Si
Titulo IV DL 211

¿Es obligatoria su notificación?

Se deben considerar los umbrales contenidos en la Res. 157 y la Guía para la aplicación de los Umbrales

NO
SI
Control de oficio de la FNE
Notificación voluntaria
Notificación obligatoria
Artículo 39 letra a) DL 211

¿Qué antecedentes se deben acompañar a la notificación?

Se deben considerar los exigidos en el Reglamento, que distingue entre el mecanismo ordinario, simplificado y simplificado sin traslapes. La FNE elaboró un Formulario para los distintos supuestos.

¿Operación de concentración cuenta con aptitud para reducir sustancialmente la competencia?

Para su determinación es relevante considerar la Guía de análisis sustantivo de operaciones de concentración de esta Fiscalía.

SI
NO
Prohibe
Aprueba con medidas
Aprueba

¿Qué medidas se deben ofrecer?

Para el ofrecimiento de medidas se debe considerar la Guía de Remedios