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Corte Suprema confirma sentencia del TDLC y aplica multa máxima a Farmacias Cruz Verde S.A. y Salcobrand S.A. por caso colusión

07 / 09 / 2012

En decisión unánime la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó sentencia del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en contra de Farmacias Cruz Verde S.A. y Salcobrand S.A. que fueron condenadas cada una al pago de 20.000 Unidades Tributarias Anuales, aproximadamente US $20 millones.

En el fallo, los ministros Sergio Muñoz, Carlos Künsemüller, Guillermo Silva, Rosa Egem y Juan Escobar resolvieron que: “las empresas implicadas cometieron una infracción de gravedad extrema, habida cuenta de su naturaleza, de sus repercusiones concretas en el mercado de venta al consumidor de los productos farmacéuticos y de la dimensión del mercado geográfico afectado. La fijación de los precios afectó las reglas de la competencia, permitiendo a las implicadas prever que infaliblemente obtendrían un beneficio económico. El interés económico se sobrepuso a la dignidad humana, a la vida y a la salud de las personas, puesto que, como se dice por una de las requeridas, los márgenes de colusión llegaron solamente a 185 medicamentos éticos”.

La sentencia es concluyente en cuanto a que el alza que sufrieron ciertos medicamentos en el periodo comprendido entre diciembre de 2007 y marzo de 2008, fue producto de la acción coordinada de las tres cadenas de farmacias.

El monto total de las multas establecidas en la sentencia -máximo posible de imponer a cada una de las empresas sancionadas conforme a la ley aplicable-, sobrepasa el total de las multas impuestas por el TDLC y la Excma. Corte Suprema  desde 2004, año de la creación del TDLC.

El fallo pone término a un proceso de compleja litigación de más de 3 años, en que mediante documentos, testigos, correos electrónicos e informes periciales y en derecho, la FNE logró acreditar de manera inequívoca el actuar coordinado de dichas cadenas de farmacias.

La FNE seguirá velando por la aplicación rigurosa de la ley respecto a las infracciones a la libre competencia, en especial a los mercados sensibles para la población.

Vea requerimiento de la FNE aquí

Vea el fallo del TDLC aquí

Vea el fallo de la corte suprema aquí