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Auditoría Interna

18 / 07 / 2024
  1. a) Prestar asesoría técnica especializada en materias de auditoría interna, gestión y control interno.
  2. b) Evaluar en forma permanente el sistema de control interno institucional y efectuar las recomendaciones para su mejoramiento.
  3. c) Evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales de la Fiscalía Nacional Económica.
  4. d) Promover la adopción de mecanismos de autocontrol en las unidades operativas de la Institución.
  5. e) Verificar la existencia de adecuados sistemas de información, su confiabilidad y oportunidad.
  6. f) Elaborar y proponer al Fiscal, para su aprobación, el Plan de Auditoría Anual de la Institución.
  7. g) Promover la coherencia de las políticas y actividades de la Unidad de Auditoría Interna del Servicio, respecto de aquellas emanadas de la Autoridad Presidencial, de las orientaciones dadas por el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, como asimismo respecto de la acción de otros organismos del Estado.
  8. h) Efectuar el seguimiento de las medidas preventivas y correctivas, emanadas de los informes de auditoría, aprobadas por el Fiscal Nacional Económico.
  9. i) Participar en el Comité de Auditoría Ministerial.
  10. j) Otorgar permanente y oportuno aseguramiento al proceso de gestión de riesgos de la Institución, según las directrices entregadas por el Consejo de Auditoría.
  11. k) Responder, en forma oportuna y completa, a los requerimientos de información o trabajo que le realicen los funcionarios de otras divisiones, departamentos u oficinas, de manera cooperativa y eficiente.

Resolución Exenta N° 208