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Corte Suprema confirma sentencia condenatoria en contra empresas de transportes de Osorno por colusión en tarifas y acoge reclamación de la FNE

29 / 12 / 2010

Mediante sentencia pronunciada hoy, la Excma. Corte Suprema acogiendo un recurso de reclamación interpuesto por la FNE, aumentó a un total aproximado de 110 millones de pesos las multas totales impuestas por el H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en su Sentencia N° 94/2010 por medio de la cual fueron condenadas 13 empresas de transporte interurbano de Osorno (microbuses, sindicatos y taxis colectivos) por acuerdos para alzar el precios de sus pasajes en noviembre de 2007.

La Corte Suprema rechazó la totalidad de los recursos interpuestos por las requeridas, y acogió el recurso de reclamación presentado por la FNE en el cual solicitaba un aumento de las multas impuestas por el TDLC.

La Corte Suprema señaló expresamente en su resolución que no se requiere para imponer la sanción que el acto en cuestión haya producido sus efectos, sino que basta que éste tienda a producir efectos que afectan la libre competencia.

Asimismo, reiteró la jurisprudencia de los organismos de defensa de la libre competencia y de la Corte Suprema en cuanto a que la colusión constituye de todas las conductas atentatorias contra la libre competencia la más reprochable, ya que importa la coordinación del comportamiento competitivo de las empresas y que el resultado probable de tal coordinación es la subida de los precios, la restricción de la producción y con ello el aumento de los beneficios que obtienen las participantes en esta conducta.

Para más información contactar:

Kareen Calcagno, encargada de prensa: kcalcagno@fne.gob.cl

Mónica Salamanca, Jefa Depto. Relaciones Institucionales: msalamanca@fne.gob.cl