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FNE pide al TDLC que se dicte marco legal para crear mercado secundario de espectro radioeléctrico.

02 / 07 / 2014

La Fiscalía solicitó el inicio de un procedimiento que permita modificar la Ley General de Telecomunicaciones y elaborar un reglamento por parte de la Subtel para que las compañías puedan transar este activo esencial.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que inicie un procedimiento de recomendación normativa tendiente a elaborar un marco legal para el desarrollo de un mercado secundario de espectro radioeléctrico para la prestación de servicios móviles de voz y datos. Esto, mediante una modificación a la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) y la elaboración de un reglamento por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel).

La Fiscalía plantea al Tribunal la necesidad de dar un uso más eficiente a este bien esencial para la industria de las telecomunicaciones en un mercado esencialmente dinámico, permitiendo a los operadores realizar transacciones totales y parciales de derechos de uso de espectro.

En su presentación, la FNE manifiesta su preocupación por que “algunas empresas móviles tengan incentivos a adquirir espectro radioeléctrico con propósitos distintos a expandir su capacidad o servicios. Ante una mayor concentración de mercado, aumenta la probabilidad de que los operadores encuentren rentable el adquirir espectro radioeléctrico con el objetivo de elevar los costos de sus competidores”. Esta situación, afirma, puede distorsionar la competencia en los mercados de servicios finales.

La Fiscalía propone que cualquier transferencia de espectro radioeléctrico que deseen realizar las empresas debe ser sometida a su análisis previo, en un proceso que duraría como máximo 60 días y que deberá considerar los efectos de la operación sobre la competencia en los mercados de servicios móviles de telefonía y banda ancha. Si concluido ese plazo no existe un pronunciamiento, se entenderá que la operación no supone una amenaza. En caso contrario, se dará inicio a un procedimiento de consulta ante el TDLC.

Para crear este mercado secundario de espectro, será necesario modificar el artículo 21 de la LGT, de modo tal que se autoricen las transacciones sobre la totalidad de una concesión, como ocurre hasta ahora, y, además, las transferencias, cesiones, arrendamiento u otorgamiento del derecho de uso sobre el espectro radioeléctrico en forma parcial. En cualquiera de los casos, antes del pronunciamiento de la Subtel, se debe conocer el informe favorable previo de la FNE o, si es que existen reparos, una resolución favorable del TDLC.

 

Situación actual

Actualmente la Subtel puede autorizar transferencias de concesiones y permisos, amparándose principalmente en criterios técnicos, pero carece de facultades para denegar solicitudes por razones de competencia. Por eso, “resulta indispensable establecer un control ex ante, que pueda hacerse cargo de un análisis pormenorizado y caso a caso de los efectos que podría traer aparejado una cesión o transferencia de espectro determinada”, plantea la Fiscalía.

La FNE comenzó a investigar las posibles ventajas y riesgos de abrir un mercado secundario de espectro en 2013, tras conocer las intenciones manifestadas por la Subtel respecto a que este activo pueda transarse entre compañías y tras la decisión de VTR de dejar de explotar su red móvil para transformarse en un operador móvil virtual (OMV).

Las bandas que deberían someterse al modelo propuesto por la FNE son, en principio, las de 800 MHz, 900 MHz, 1.900 MHZ, 1.700-2.100 MHz (3G), 2.600 MHz (4G) y 700 MHz (4G), hoy disponibles para la prestación de servicios móviles de voz y datos y la banda de 3.400 MHz – 3.600 MHz (Wimax), que también puede utilizarse para prestar el servicio público de telefonía móvil. Al mismo tiempo, se incluye la banda de trunking de 800 MHz y se advierte que, debido a los avances tecnológicos, a futuro el análisis no quedará restringido a estas bandas.

 

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