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FNE recomienda al TDLC que ordene modificar estatutos y bases de licitación del segundo sistema colectivo de gestión de neumáticos usados y fuera de uso en el marco de la Ley REP

20 / 04 / 2022

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) recomendó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que ordene modificar algunos aspectos de los estatutos y bases de licitación del segundo sistema colectivo de gestión de neumáticos usados y fuera de uso, sometido a análisis de libre competencia según la Ley N° 20.920, de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), que establece el marco para la gestión de residuos y fomenta el reciclaje.

La solicitud presentada al TDLC consiste en la formación de un sistema de gestión colectivo de neumáticos usados y fuera de uso, denominado SGCNFU. Esta iniciativa es la segunda que pretende constituirse en el país en este rubro y es impulsada por 28 empresas principalmente ligadas al sector automotriz, generándose al alero de la asociación gremial Chile Neumáticos A.G. y constituyendo, posteriormente, una sociedad cuyo fin es llevar a cabo todos los trámites necesarios para constituir el sistema y obtener el financiamiento necesario para ello.

En un informe elaborado por su División Antimonopolios, la Fiscalía señaló al TDLC que, en los estatutos del sistema, algunas reglas de acceso y funcionamiento podrían inhibir la entrada de nuevos socios, generando incertidumbre sobre los montos que deberán desembolsar para ese fin, además de entorpecer la participación equitativa de todos los socios una vez el sistema esté constituido.

En este sentido, al igual que en otros informes de la Ley REP, la FNE recomendó suprimir las distinciones entre tipos de socios que formarán el sistema: fundadores y de número.

También respecto de los estatutos, la Fiscalía advirtió que no se contempla la existencia de un directorio independiente respecto de los socios que constituyen el sistema ni de las empresas de gestión de residuos que pudieran participar de las licitaciones que el propio sistema convoque. Agregó que dicha omisión deja abierta la puerta a probables conflictos de interés en la toma de decisiones del sistema, a la vez que compromete la participación equitativa de los socios.

En lo relativo a las bases de licitación, el informe de la FNE constató una importante cantidad de omisiones e indeterminaciones que impiden evaluar adecuadamente sus posibles efectos sobre la libre competencia. Sin perjuicio de ello, el informe hizo algunas observaciones sobre los aspectos que sí se encuentran regulados en las bases acompañadas.

La Ley REP exige a las empresas productoras de neumáticos -categoría que incluye también a quienes los importan como parte de maquinarias o automóviles- cumplir progresivamente con distintas metas de recolección y valorización, las cuales aumentan anualmente desde su implementación y son diferenciadas regionalmente.

Para cumplir con dichas metas, la misma ley permite que las empresas productoras formen sistemas de gestión colectivos, los cuales, antes de conformarse, deben obtener un informe favorable del TDLC, referido tanto a las reglas y procedimientos de incorporación al sistema y de su funcionamiento, como a las bases de licitación para contratar con gestores que se encarguen de dichos procesos de recolección y valorización de los neumáticos usados y fuera de uso.

Ver Informe de la FNE.