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FNE y Transbank presentan al TDLC acuerdo que evita alzas de comisiones a los comercios  

08 / 04 / 2020

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Transbank presentaron ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) un acuerdo extrajudicial que incluye un nuevo sistema de tarifas para evitar alzas de comisiones a los comercios y que permite llevar a cabo la transición al nuevo modelo de pagos con tarjetas de “4 partes”.

Este acuerdo representa un paso significativo para terminar con el modelo integrado (de “Tres Partes”) en el procesamiento de pagos con tarjetas, con el que ha operado Transbank y los emisores nacionales de tarjetas, y sigue las recomendaciones dictadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) el año 2017 para abrir a la competencia los servicios de afiliación y adquirencia, en beneficio de los comercios y de los consumidores finales de bienes y servicios.

El acuerdo señala que Transbank pasará a funcionar como adquirente independiente, poniendo termino a los contratos de operación y mandatos de afiliación suscritos con los emisores nacionales, como los bancos, y que cuenta con licencias autónomas de Mastercard, Visa y American Express.

En un modelo de “Cuatro Partes”, las comisiones que pagan los comercios por las transacciones con tarjetas resultan de la suma de tres factores: las tasas de intercambio, que corresponden al ingreso del emisor; los costos de licencias y otros costos operacionales de las marcas de tarjetas; y la remuneración del operador adquirente, denominada “margen adquirente”. Los dos primeros son determinados por las marcas de tarjetas, y el tercero, en el caso de Transbank, será determinado a partir de un estudio de expertos independientes.

Para la Fiscalía ha sido motivo de preocupación el elevado nivel de las tasas de intercambio y de los costos de marca que han sido fijados por Mastercard y Visa para Chile, en relación con la realidad nacional y a las comisiones que actualmente pagan los comercios. Incluso, en algunos rubros, las tasas de intercambio por sí solas son superiores a las comisiones vigentes y, además, mantienen diferencias significativas entre distintas categorías de comercio o tipos de transacciones.

Si las tasas de intercambio fijadas por las marcas de tarjetas se traspasaran completamente a los comercios, se provocaría un alza generalizada de comisiones a gran parte de los clientes de Transbank, lo que se ha evitado con el mecanismo de transición contenido en el acuerdo, que debe ser ratificado por el TDLC.

En este sentido, el TDLC ha indicado -en su Proposición Normativa Nº 19 del año 2017- que el adecuado funcionamiento del mercado requiere de la regulación de las tasas de intercambio por parte de la autoridad competente. Este acuerdo evita que se traspase a comercios y consumidores los mayores costos por aplicación de tasas de intercambio, mientras se adoptan las decisiones regulatorias que corresponda.

Para esto, Transbank se comprometió a aplicar una nueva estructura de tarifas basadas en costos, que será determinada por expertos independientes, y además se estableció que los comercios -en cualquier caso- no pagaran comisiones superiores a las vigentes hasta marzo de este año. Este tope será aplicado de manera indefinida para los comercios de menor tamaño, y con un incremento gradual a partir del 1 de abril de 2021 para los restantes, hasta que las tasas de intercambio sean reguladas o ajustadas a niveles adecuados por las propias marcas de tarjetas.

Es importante destacar que el acuerdo no tiene efectos respecto de las relaciones comerciales entre Transbank y otros operadores o procesadores de servicios de pago, materia que continua bajo investigación de esta Fiscalía.

El procedimiento de aprobación del acuerdo extrajudicial establece la realización de una audiencia ante el TDLC, en la que cualquier interesado puede intervenir para presentar sus apreciaciones respecto las materias contenidas en el acuerdo. Esta quedó fijada para el 16 de abril a las 1o.oo horas.

Ver Acuerdo Extrajudicial

Ver Escrito Acompaña Acuerdo Extrajudicial

Ver Recomendación Normativa 19/2017 del TDLC