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TDLC Aprobó acuerdo extrajudicial entre la FNE y Empresas de Útiles Escolares

09 / 05 / 2012

Con fecha de ayer el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó el Acuerdo Extrajudicial suscrito entre esta Fiscalía y Productos Torre S.A., Comercial e Industrial Libesa y Fábrica Internacional de Lápices y Afines Chile Limitada.

En el ámbito escolar, una queja constante de los Padres y Apoderados ha sido la inclusión de marcas comerciales de diversas empresas de útiles escolares en los listados que confeccionan anualmente los establecimientos educacionales, obligando, recomendando o sugiriendo su adquisición.

En este contexto, la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”) inició la investigación, motivada por una denuncia interpuesta por la asociación de Padres y Apoderados (“AMDEPA”) en contra de diversos establecimientos educacionales por incluir marcas específicas en los listados de útiles escolares que distribuían, con el fin de fiscalizar el cumplimiento del Dictamen N° 1094, de fecha 28 de enero de 2000, de la H. Comisión Preventiva Central.

Mediante dicho acuerdo estas empresas se comprometieron a:

1. No imprimir los listados de útiles escolares para un establecimiento educacional específico, sea gratuita o remuneradamente.

2. No entregar estímulos, incentivos, premios o donaciones de cualquier especie, monto o naturaleza a los centros educativos y/o profesores con el fin, directo o indirecto, de que se incluyan en los listados escolares sus marcas comerciales.

3. Instruir a sus auditores externos para que certifiquen si se han o no efectuado pagos, transferencias, tradiciones, donaciones o liberalidades de algún tipo a los establecimientos educacionales y/o profesores, comunicando de dicho resultado a la FNE.

4. Publicar en su respectiva página web una declaración mediante la cual se indique de modo expreso, que no han entregado estímulos, incentivos, pagos o donaciones de ninguna especie a los establecimientos educacionales y/o profesores que tengan por objeto directo o indirecto incluir sus marcas en los listados de artículos escolares.

Finalmente, y dado que el dictamen señala los establecimientos educacionales o profesores, podrán “recomendar determinadas marcas de productos escolares en la listas de útiles, cuando existan fundamentos o razones de carácter pedagógicos, sanitario o de otro orden, debidamente acreditables”, la FNE se obligó a enviar un Oficio al Ministerio de Educación, con el objeto que a través de ese organismo público se envíe una comunicación a los establecimientos educacionales en los cuales se indique que si bien estos y los profesores pueden excepcionalmente realizar sugerencias de marcas específicas de productos en las listas de útiles escolares, estas siempre deben tener un fundamento debidamente acreditable e ir en beneficio directo del alumno, aduciendo al lado de cada recomendación de manera destacada la palabra “SUGERENCIA” y señalando expresamente que la adquisición de otro producto no implicará un rechazo por parte del centro educativo.

Revise Dictamen N°1094 de la Comisión Preventiva Central aquí.

Revise Resolución del TDLC aquí.

Revise Acuerdo Extrajudicial aquí.