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TDLC aprueba con condiciones operación de concentración entre SMU y Supermercados del Sur

13 / 12 / 2012

Con fecha 12 de diciembre de 2012 el Honorable Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“H.TDLC”) ha pronunciado su Resolución N° 43, sujetando a condiciones la fusión entre SMU S.A. (SMU) y Supermercados del Sur S.A. (SDS).

En ella, el H. TDLC resolvió que la fusión entre ambas cadenas supermercadistas podría generar riesgos para la libre competencia, tanto de naturaleza unilateral como coordinada, y que las medidas ofrecidas por la consultante no eran suficientes para aliviar estos riesgos. Por lo mismo, estableció una serie de condiciones que deberán ser cumplidas por SMU, la mayoría de las cuales habían sido sugeridas por la Fiscalía Nacional Económica en el informe emitido en esta causa.

En efecto, el H. Tribunal ordenó a SMU desinvertir locales en 18 localidades y su participación en supermercados Montserrat. Asimismo, la Resolución recoge el planteamiento de la FNE en cuanto a que dichos locales sean enajenados como una sola unidad económica a un adquirente cuya participación en el mercado no supere el 25%. Ello permite, como destacó la FNE en su informe, el ingreso de un competidor viable que pueda reducir los riesgos unilaterales y coordinados que entraña la operación.

Asimismo, el H.TDLC recoge en su resolución una serie de otras medidas que la FNE planteó en su informe, como la modificación de las cláusulas de no competir acordadas entre SDS y los controladores de las cadenas adquiridas por esta; el establecimiento de una serie de condiciones para regular las relaciones entre SMU y sus proveedores; y, la obligación de SMU de consultar al TDLC, en forma previa a su materialización, cualquier operación de concentración en la industria supermercadista.

Ver Resolución del TDLC aquí