Desde del año 2016, la FNE tiene la facultad de realizar recomendaciones normativas según estipula el literal q) del artículo 39 del DL 211. De acuerdo a lo señalado en el referido literal, las recomendaciones normativas pueden provenir de una investigación o de un estudio sobre la evolución competitiva de un mercado y se dirigen de manera fundada al Presidente de la República, a través del Ministro de Estado que corresponda.
A través de estas recomendaciones, la FNE podrá proponer la modificación o derogación de los preceptos legales o reglamentarios que estime contrarios a la libre competencia como también la dictación de preceptos legales o reglamentarios cuando sean necesarios para fomentar la competencia o regular el ejercicio de determinadas actividades económicas que se presten en condiciones no competitivas.